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INFORMA EL PRESIDENTE EJECUTIVO DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE SANTA MARTA

EL PRESIDENTE EJECUTIVO DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE SANTA MARTA PARA EL MAGDALENA

INFORMA:

Por decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio se postergan las elecciones de miembros de la junta Directiva del Sector Privado y de Revisor Fiscal del año 2018.

El ente de control al revisar las listas admitidas por la Cámara de Comercio de Santa Marta para el Magdalena, revocó la admisión de dos planchas inscritas, reduciéndose el número de candidatos mínimos para realizar la elección de miembros de la Junta Directiva del sector privado de este gremio.

Conforme el Artículo 2.2.2.38.2.1. del Decreto 1074 de 2015, las Juntas Directivas de cada Cámara de Comercio estarán conformadas por comerciantes inscritos que tengan la calidad de afiliados y una tercera parte por representantes del Gobierno Nacional, teniendo en cuenta la importancia comercial de correspondiente circunscripción y número de comerciantes inscritos que tengan la calidad de afiliados.

Para el caso de la Cámara de Comercio de Santa Marta para el Magdalena, el número de miembros del sector privado a elegir a través del sistema de cuociente electoral, es de seis (6) miembros principales y seis (6) suplentes, por lo que al contar sólo con cuatro planchas, una de las cuales cuenta con dos renglones, para un total de cinco aspirantes, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió postergar la elección para que se inscriban nuevos candidatos y contar con el número mínimo de aspirantes exigidos en la normatividad indicada.

Cabe precisar que los renglones admitidos fueron los siguientes:

  • Teniendo en cuenta lo anterior, la Superintendencia debe impartir las instrucciones para que se inscriban nuevos aspirantes y de esta manera contar con el número de miembros a elegir que es de seis (6), así como también la fecha de la jornada electoral.
  • De igual manera, conforme a lo indicado en el artículo 2.2.2.38.4.1.del Decreto 1074 de 2015, también se posterga la elección del Revisor Fiscal, teniendo en cuenta que esta se realizará en la misma oportunidad a la elección de la Junta Directiva.

 

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