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Ordenan a Virgen Mobile abstenerse de campañas publicitarias «sexistas»

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A partir de hoy, la compañía Virgen Mobile Colombia S.A.S deberá abstenerse de emitir y divulgar campañas publicitarias que vulneren derechos como la igualdad y la no discriminación en contra de la mujer por orden de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

La decisión la tomó la SIC, tras encontrar que la campaña de Virgen Mobile “nueva bolsa de Chat de WhatsApp ilimitado” utilizó lenguaje e imágenes que sugieren escenarios de violencia, en este caso de género y refuerza de estereotipos sexistas.

«Esto no debe ser permitido por el Estado, ni mucho menos aceptado por la sociedad, así como apología a conductas ilegales que van en contra del orden y la moral públicos, a través de la inclusión de proclamas como ‘la mató con $800 pesitos’, ‘lo hacía con las 2 al mismo tiempo’, ‘consumía 7 días a la semana’, lo cual se potencializa en razón de que dicha campaña publicitaria fue anunciada a través de un medio impreso de amplia circulación en varias de las ciudades más importantes del país, como lo es el diario Q’hubo», explicó la Superintendencia de Industria y Comercio.

La SIC advirtió a la compañía de servicios móviles que de incumplir tal orden, habrá lugar a la imposición de multas sucesivas de hasta 1.000 SMLMV y resaltó que la medida aplica para cualquier tipo de publicidad en los medios de comunicación bien sea impreso, audiovisual, exterior y/o digital.

La entidad también hizo un llamado a los demás operadores que proveen servicios de comunicaciones en el mercado nacional y a los medios de comunicación que anuncian publicidad de dichos proveedores, a que se «abstengan de emitir y divulgar campañas publicitarias que vulneren derechos fundamentales y que transmitan mensajes de apología a conductas ilegales» y aclaró que la medida no es un caso de censura respecto al contenido de lo que publican los medios de comunicación.

«La publicidad transmite un mensaje meramente comercial con el propósito de atraer compradores y obtener un beneficio económico, diferente a la esencia del derecho a la libre expresión. Esto habilita a esta Superintendencia a adoptar medidas administrativas tendientes a proteger los derechos de los consumidores, para el caso particular el de las mujeres», concluyó la SIC.

 

Bogotá Colprensa

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