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CIDH rechazó las medidas pedidas por Gustavo Petro

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Ayer se conoció el auto de la Corte, con fecha del pasado 6 de febrero, en el que niega las medidas cautelares que Gustavo Petro pretendía.

Los analistas dicen que en el organismo internacional ya ´no le comen cuento´ al líder de ´Colombia Humana´.

Una decisión muy importante tomó en las últimas horas la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el proceso de la demanda que entabló el senador Gustavo Petro contra el Estado colombiano por la destitución que dictó en su contra el entonces procurador Alejandro Ordoñez, por las supuestas irregularidades en el modelo de recolección de basuras que implementó siendo alcalde de Bogotá y por las multas que le impuso la Contraloría de la ciudad entre otros, por los cambios en el modelo de tarifas de TransMilenio.

Ayer se conoció el auto de la Corte, con fecha del pasado 6 de febrero, en el que niega las medidas cautelares que Petro pretendía.

En la sustentación de la demanda, el senador afirmaba que su curul en el Congreso está en riesgo, frente a lo cual la Corte consideró que al exalcalde le quedan dos recursos judiciales más en Colombia y que no hay ningún proceso en su contra buscando la destitución.

«Es decir, el tribunal no ha sido informado si alguna de las decisiones adoptadas o alguno de los procedimientos instituidos en este momento en su contra tiene la virtualidad de generar su destitucioìn, pues no consta que eìsta pueda ser oficiosamente ordenada o que sea un efecto automaìtico de tales decisiones. Ademaìs, en este momento no existe investigacioìn alguna, ni proceso penal en curso, en su contra por el delito de eleccioìn iliìcita de candidatos, situacioìn que, por otra parte, no corresponderiìa al caso en estudio por haber sido objeto de designacioìn y no por eleccioìn popular», dice.

«La Corte considera que, por el momento, no ha sido demostrada la configuracioìn de los elementos de extrema gravedad y urgencia que permitiriìan considerar la necesidad de ordenar medidas provisionales en los teìrminos del artiìculo 63.2 de la Convencioìn, por lo que la solicitud de medidas provisionales debe ser desestimada», puntualiza la decisión.

Al respecto Camilo Gómez, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, dijo que para Colombia, bajo ningún motivo, puede aceptar el argumento que hay una alianza de todas las ramas del poder público con el fin de buscar la muerte política del senador.

 “Colombia tiene que defender esos principios democráticos. (…) Cuando hay una decisión que a Gustavo Petro no le gusta configura la teoría de la actuación con el objetivo de darle muerte política”, dijo.

Gómez aclaró que con la decisión  no se está dirimiendo el asunto de fondo, pero – dijo – es un paso de apoyo a la legalidad en Colombia.

 “Es un paso de apoyo de la legalidad en Colombia. En Colombia todo funcionario que se posesiona está obligado a cumplir las leyes colombianas y esas leyes dicen que un funcionario cuando se sale de la parte fiscal y disciplinaria puede ser sancionado”, puntualizó.

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