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Corte Constitucional no se pronunciará sobre las objeciones de Duque

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Las objeciones que hizo el presidente Iván Duque a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), estarán en manos del Congreso de la República, luego de que la Corte Constitucional se abstuvo de pronunciarse frente al tema.

La decisión que tomaron los nueve magistrados de la corporación, en cabeza de Gloria Ortiz, fue declararse inhibidos para conocer del proceso que se surte por los seis artículos que objetó el jefe de Estado de los 159 que tiene la normativa.

La determinación se dio luego de que el despacho de la presidenta recibiera un misiva por parte del presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro Chacón, quien pidió que precisara si la corporación que preside es o no competente para estudiar las objeciones del Presidente de la República.

La decisión de declararse inhibida correspondió a la ponencia del magistrado Alfonso José Lizarazo, quien consideró que esta era la mejor opción, por cuanto se debe surtir el mismo proceso de fast track como pasó en el resto del proyecto que no fue objetado.

En su intervención explicó que “cuando un presidente pone objeciones a un proyecto de ley, se devuelve en el procedimiento, se retrotrae al segundo debate (en el Congreso) y entonces se inicia de nuevo el debate con relación a las normas que fueron objetadas. En este caso, el procedimiento de las objeciones no ha concluido, porque se regreso al segundo debate, por lo tanto la competencia de la Corte solo se activa cuando se surte de nuevo el procedimiento”.

El ponente explicó que el trámite de las objeciones se debe llevar a cabo en una sola legislatura, por lo que se prevé que el 20 de junio de este año culmine tal procedimiento, esto debido a que la legislatura culmina en esa fecha.

Por otro lado, reiteró que si bien no habrá pronunciamiento alguno hasta tanto no se surta el proceso en el Congreso de la República, dejó claro que la Corte es competente y conocerá de las determinaciones que finalmente se logren en el legislativo.

“La Corte es competente para ejercer control de constitucionalidad respecto de las modificaciones, adiciones o supresiones, e incluso del archivo total o parcial del proyecto de Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, como consecuencia del trámite de las objeciones gubernamentales formuladas contra dicho proyecto”, explicó la providencia de seis páginas.

BOGOTÁ (Colprensa)

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