HOY DIARIO DEL MAGDALENA
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Hoy “Día sin parrillero”

La medida restrictiva que reemplazó los llamados “Día sin moto” busca según el Distrito hacer frente a las altas cifras de accidentalidad, así como para desestimular el fenómeno del mototaxismo.

Nuevamente los conductores y propietarios de motocicletas deberán circular por las vías del distrito sin parrilleros o acompañantes en cumplimiento de una nueva jornada que restringe esto, tal como ocurrió el pasado 30 de agosto, y se repetirá el próximo 30 de septiembre.

La medida restrictiva que reemplazó los llamados “Día sin moto” busca según el Distrito hacer frente a las altas cifras de accidentalidad, así como para desestimular el fenómeno del mototaxismo, el cual según Martínez, al igual que en las capitales de la región Caribe, no se logró atender a tiempo convirtiéndose en el fenómeno actual.

 Esta nueva jornada de Día sin parrillero no se debe confundir con la del pasado jueves 12 de septiembre la cual se desarrolló como parte de lo estipulado en el Decreto 325 del 05 de septiembre de 2019, como parte del calendario rotativo, que cambia un día hábil al mes de pico y placa a no acompañante en las motocicletas.

Durante esta jornada se realizó un total de 46 inmovilizaciones, de las cuales treinta y siete obedecieron al incumplimiento del mencionado decreto y nueve por otras causas.

Para aquellos que incumplan la restricción serán sancionados económicamente con una multa de $414 mil, adicional a los costos asociados a la inmovilización del vehículo. De igual forma, según las normas vigentes también debe sancionarse al acompañante, en una sanción que se conoce como amonestación y tiene un valor aproximado de $138 mil.

Es importante recordar que mediante el Decreto 325 del 05 de septiembre de 2019 se actualiza la restricción para la circulación y tránsito de vehículos tipo motocicletas, tal como se venía implementando, según el último digito de la placa de cada vehículo. Además, que dicho decreto NO invalida las disposiciones del 320 del 30 de agosto de 2019, por medio del cual se toman medidas de restricción y circulación de acompañante o parrillero para el ordenamiento de tránsito de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, los días 15 y 30 de cada mes.

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