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Carnetización de caninos ‘potencialmente peligrosos’

La cartera de Gobierno, en cabeza de Adolfo Bula,  en compañía  del enlace para la Socialización de la Política Pública de Protección y Bienestar Animal, se encuentran carnetizando a los perros de razas consideradas como potencialmente peligrosas, con el propósito de dar cumplimiento a la Ley 1801 del 2016 del nuevo Código de Policía, normatividad que exige a los propietarios portar dicho documento para evitar recibir una sanción económica.

“En la Secretaría de Gobierno nos encontramos recibiendo las solicitudes para registrar a los caninos que se clasifican como potencialmente peligrosos, según lo dispone la Ley 1801 de 2016, por ello es importante que los dueños de estas mascotas deben acercarse lo más pronto posible a nuestra cartera de gobierno para hacer el proceso de carnetización. Esto además que está reglamentado por la Ley, por el Código Nacional de Policía y Convivencia, es importante porque la Alcaldía debe contar con un censo de este tipo de animales” manifestó Angélica Peña Granado, enlace (e) para la Socialización de la Política Pública de Protección y Bienestar Animal de la Secretaría de Gobierno.

Características de los caninos

Por consiguiente se consideran ejemplares caninos potencialmente peligrosos aquellos que presenten una o más de las siguientes características:

1. Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros perros.

2. Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.

3. Caninos que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pitbull Terrier, American Pit Bull Terrier, de presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno nacional determine.

Para ello es esencial que los propietarios de los caninos que deban carnetizar a sus mascotas lleven a las instalaciones de la Secretaría de Gobierno en el Edificio 424, piso 14, oficina 1409, los siguientes requisitos:

• Nombre del ejemplar canino

• Identificación y lugar de ubicación del propietario

• 2 fotos de la mascota

• Descripción con las características fenotípicas del perro

• Lugar de residencia del animal con la explicación de si está destinado a  convivir con los seres humanos o si está destinado a guarda, protección u otra función específica.

• Aportar póliza de responsabilidad civil extracontractual, la que cubrirá la indemnización de los perjuicios patrimoniales que dichos ejemplares ocasionen a personas, bienes, o demás animales.

• Registro de vacunas del ejemplar, y certificado de sanidad vigente.

Recordemos que los anteriores requisitos serán recibidos en la Cartera de Gobierno, de lunes a viernes, de 8:00 am  a  11:30 am  y  de 2:00 pm a 4:30 pm.

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