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Adoptan medidas frente a la venta y uso de la pólvora

En todo el municipio de El Banco, está prohibido el uso, comercialización y manipulación de pólvora, especialmente a menores de edad.

Mediante el decreto Nº 149 del mes de noviembre de 2019, la alcaldía de El Banco adoptó medidas de seguridad frente a la comercialización, manipulación y uso inadecuado de la pólvora en todo el municipio.

Todo esto con el fin de preservar los derechos fundamentales a la vida, la integridad física, la salud, la recreación especialmente a los niños, por ese motivo el alcalde municipal Víctor Rangel, como  máxima autoridad busca velar por la salud e integridad de todo el pueblo banqueño.

Esta medida de prohibición fue adoptada en todo el municipio, teniendo en cuenta la ley 670 de 2001 en sus artículos 7 y 8 que prohíbe totalmente la venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que contengan fósforo blanco. Es por ello que la administración municipal ve la necesidad de adoptar las medidas necesarias y pertinentes con el fin de prevenir, controlar y atender las situaciones derivadas del uso de la pólvora en esta municipalidad, por tal motivo se decreta:

La prohibición de porte, comercialización y uso de artículos pirotécnicos y fuegos artificiales en todo el municipio de El Banco, elaborados con fósforo blanco y rojo, tales como petardo, totes, papeletas, tronantes, piedras, matasuegras, voladores, buscapié, choriceras entre otras similares a partir de la expedición del presente decreto hasta el termino prudencial que el alcalde como primera autoridad determine.

SE PERMITIRÁ LA VENTA

Según lo manifestado por el decreto emitido por la alcaldía municipal, se podrá permitir la venta, el uso y su distribución de la pólvora, artículos pirotécnicos y fuegos artificiales a los establecimientos que cumplan con las normas de seguridad establecidas para tal uso.

Por otro lado se sancionará con 7 días de cierre  a los establecimientos que vendan, almacenen, distribuyan o usen pólvora sin el cumplimiento de la norma establecida para tal caso.

SANCIONES A LOS PADRES DE FAMILIA

Por otro lado, las personas y padres de familia, representante legal o persona que de cualquier manera utilicen, manipulen o porten artículos pirotécnicos, pólvora y fuegos artificiales y los faciliten a los menores de edad, incurrirán por solo este hecho en multa hasta de diez salarios mínimos mensuales vigentes, sin perjuicio a las demás sanciones a las que haya lugar.

De igual manera a los menores que se les encuentre manipulando portando o transportando estos artículos, la Policía Nacional, les decomisará el producto y le informará a la Comisaría de Familia ICBF  y demás entidades.

Finalmente el material que sea incautado, será colocado a disposición de la Secretaría de Gobierno Municipal y serán destruidos inmediatamente por la Policía Nacional, de forma controlada y acompañados por personal idóneo para ello.

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