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En video: Epa Colombia al ruedo en redes sociales, burlando a la justicia
Aunque el pasado 29 de noviembre, un juez de Bogotá le ordenó a Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, mantenerse alejada de las redes sociales mientras avanza el caso en su contra por vandalismo a una estación de TransMilenio durante el paro nacional, desde entonces en su nueva cuenta de Instagram, creada el 22 de noviembre, la mujer ha hecho 5 publicaciones, de fotos y videos, violando esa orden judicial.
El más reciente video que publicó en su Instagram tiene fecha del 6 de diciembre de este año, y en este se queja de que los medios de comunicación solo vean lo malo de ella y nunca lo bueno. «Para destruirlo, criticarlo y boletearlo a uno sí están buenos», dice en el video de 40 segundos.
Estos incumplimientos, de acuerdo con el abogado penalista Camilo Burbano, podrían llevar a que la Fiscalía, la Procuraduría o la víctima (en este caso TransMilenio) le pidan al juez de garantías que inicialmente no la cobijó con una medida de aseguramiento intramural que revoque esa decisión y le imponga restricciones más fuertes.
De hecho, en la mañana de este lunes el fiscal general (e) Fabio Espitia indicó que ya se está verificando la procedencia y lugar de los videos recientemente publicados, y que también se está preguntando al fiscal que lleva el caso contra Barrera si solicitará al juez de control de garantías modificar la medida restrictiva que inicialmente le impuso a la influenciadora.
En la audiencia del pasado 29 de noviembre, el juez 19 de garantías de Bogotá no accedió a la petición de la Fiscalía de enviar a Epa Colombia a prisión, sino que le impuso medidas no privativas de la libertad, como «la prohibición de utilizar redes sociales o entablar conversación con medios de comunicación, lo que implica cerrar todas sus cuentas actuales y no volver a utilizarlas hasta que la medida cese sus efectos», dijo el togado en la audiencia.
Frente a los incumplimientos de Barrera, el juez podría determinar cambiarle esa medida por otra no privativa de la libertad, como la casa por cárcel, o incluso enviarla a prisión mientras sigue el caso en su contra.
Además, por esas publicaciones en sus redes, la Fiscalía también podría acusar a la influenciadora del delito de fraude a resolución judicial o administrativa, tipificado en el artículo 454 del Código Penal, que indica que quien «por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligación impuesta en resolución judicial o administrativa de policía, incurrirá en prisión de uno a cuatro años y multa de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes».