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Listo el proyecto de ley que prohíbe a los encapuchados en manifestaciones

Las sesiones ordinarias del Congreso terminarán con la radicación de un proyecto de ley que causará polémica en marzo cuando se empezará a discutir: se trata de la iniciativa que busca regular el derecho a la protesta y prohíbe que en las manifestaciones puedan estar encapuchados.

El concepto del autor del proyecto, el senador conservador Juan Diego Gómez, lo que se busca es garantizar el derecho a movilizarse, en las marchas, de forma pacífica.

Explica el senador que en la futura ley se determinan las obligaciones y funciones que tienen la Policía, el Esmad – cuerpo policial que está en medio de la controversia por su accionar en las protestas -, y las garantías que da el Estado a los promotores y asistentes a las marchas.

Un aspecto más del articulado es que la norma que expresa que quedará prohibido la presencia de encapuchados durante cualquier tipo de marchas, es decir, no solo en las grandes movilizaciones y al respecto se indica que “no se permitirá la presencia de encapuchados o de personas que empleen cualquier mecanismo que impida su identificación en el desarrollo de la manifestación o en los comunicados que sirvan como medio de invitación a participar en marchas”.

Un punto más que se incluye en esta ley estatutaria es que se le notifica a quienes estén en las marchas que “no se permitirá el uso de cualquier elemento que pueda ser empleado para atentar en contra de la integridad física de los miembros de la fuerza, terceros y el patrimonio público y/o privado. Su uso implicará la imposición de sanciones señaladas en la presente Ley”, indica.

Esta ley precisaría también que “solo se podrá marchar o reunirse pacíficamente a una distancia de 500 metros de hospitales, centros de salud, puertos marítimos y fluviales, aeropuertos y bienes considerados como patrimonio cultural”.

Otro tema que se dejaría expreso en esa normatividad es que “están prohibidos los grafitis o cualquier mecanismo para marcar, sobreponer, escribir, destruir, obstruir los bienes de carácter público y privado en ejercicio de la manifestación social en lugares no autorizados por el reglamento para el efecto”.

Respecto al Esmad, el articulado indica que “la Policía Nacional y el Ejército Nacional deberán emplear equipamiento y armamento tales como pistolas eléctricas tipo Taser y las demás que permitan el control de los actos violentos sin afectar la integridad física de ningún interviniente. No podrán utilizar armas de fuego”.

También deberán “prohibir que en el ejercicio de la manifestación que se presenten encapuchados o personas que no permitan su identificación”.

Los manifestantes que sean identificado como violentos y los saboteadores de la manifestación podrán ser enviados a lugares especializados de reclusión para iniciar la imposición de las sanciones correspondientes, además se señala que podrían enfrentarse a sanciones económicas, pedagógicas o pérdida de beneficios educativos y pagar multas que van desde los 5 hasta los 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes o también podrían ser obligados a prestar servicio social, a pedirle perdón a la ciudadanía por las faltas cometidas durante la manifestación, participar en campañas educativas y desarrollar actividades de limpieza en las calles y los bienes públicos afectados durante la protesta.

Finalmente el proyecto obligaría a los promotores de la protesta a adquirir una póliza de seguro especial que cubra la totalidad de los daños que eventualmente sean causados durante las marchas, se crearía un fondo especial para indemnizar, por una sola vez, a los comerciantes que resulten afectados por las movilizaciones sociales.

BOGOTÁ (Colprensa).

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