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Presidente puede elaborar terna de magistrados para integrar la Sala Disciplinaria

El Consejo de Estado dijo que el Presidente de la República de turno sí debe integrar las ternas para la elección de los siete magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, que le corresponde proveer al Congreso de la República.

La determinación es de la Sala de Consulta y Servicio Civil, y se registró luego de que el Ministerio de Justicia solicitará la revisión al procedimiento que debe seguir el jefe de Estado para la provisión de estos cargos.

El Consejo de Estado dejó claro que si bien se produjo una reforma constitucional que suprimió la Sala Disciplinaria del Consejo Superior y asignó sus funciones a la Comisión de Disciplina Judicial, la ausencia de una ley estatutaria que reglamente la elección de sus integrantes, obliga a que se prolongue la existencia de la mencionada Sala Disciplinaria.

De ahí la necesidad de que el presidente y el Congreso mantengan sus competencias frente a la elección de sus miembros. Así lo señala la Sala de Consulta, haciendo referencia a conceptos anteriores emitidos.

El texto señala además que en un concepto emitido el 18 de junio del 2018 se advirtió que el período de estos magistrados debería hacerse con la expresa condición de que su período vencería o bien a los ocho años transcurridos desde su elección o una vez se integrara la Comisión de Disciplina Judicial que fue creada en reemplazo de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

Así las cosas, si el Ministerio de Justicia junto con el presidente Iván Duque deciden acoger el concepto de la Corporación, lo que debe hacer es enviar siete ternas, incluso para los magistrados Juliana Garzón y Pedro Sanabria quienes al culminar los ocho años de periodo siguieron en la entidad, y hasta el momento completan 13.

En razón a los cinco magistrados restantes, el presidente deberá realizar ternas debido a que en este momento están como encargados.

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