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Ganaderos celebran fallo judicial que condena el sacrificio ilegal de reses

Daniel Murcia, presidente de la Asociación de Ganaderos del Magdalena, Asogamag.

Los ganaderos del Magdalena celebran el fallo que obliga al Invima a que en un término de 30 días presente el plan de acciones a articular junto con las autoridades de orden territorial en el país, referente al decreto 1500, que establece la vigilancia y control del sacrificio ilegal de carne para su comercialización.

 

Sobre el fallo judicial, los comercializadores y ganaderos del departamento de Magdalena han aseguraron que este es un gran paso para que “por fin se den acciones contundentes contra el abigeato”.

Daniel Murcia, Presidente de la Asociación de Ganaderos del Magdalena, Asogamag y representante de los frigoríficos en esta zona del país, aseguró que esto traerá confianza al gremio.

“Con este fallo no solamente ganan las plantas establecidas que sí cumplen con el derecho a la iniciativa privada y con el debido derecho al empleo de todas las personas, ya que por no aplicar el decreto 1500, se redujo el sacrificio en las plantas formales y se afectó el empleo. Son ganadores los ganaderos de Colombia y naturalmente los del Magdalena en concreto, porque sin esas plantas y sitios de sacrificio ilegal, el abigeato se reduce a casi nada”, dijo el dirigente ganadero.

Agregó que, “además de esto, gana la salud pública, porque es una evidencia clara el contagio de enfermedades por el consumo de esta carne, por la falta de control a la hora del sacrificio”.

EN LAS CORTES

Queda claro entonces que la lucha contra el sacrificio ilegal de carne ahora pasa a las cortes, con este fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que pone en cintura al Invima y la Policía Nacional; obligándolos a cumplir en su totalidad con la vigilancia del sistema ilegal de sacrificio y comercialización de carne.

El fallo obliga al Invima a que en un término de 30 días presente el plan de acciones a articular junto con las autoridades de orden territorial en el país, contendientes al Decreto 1500, que establece la vigilancia y control del sacrificio ilegal de carne, para su comercialización.

De igual forma a través de la sentencia, dicho Tribunal hace un llamado de atención a las autoridades de Policía, que a través del Código Nacional de Policía, en su artículo 110, regula los comportamientos contra la salud pública; por lo tanto, los operativos para la regulación del sacrificio y distribución ilegal de carne, se pueden hacer de manera autónoma.

Asimismo, se crea una comisión que será la vigilante y la garante del cumplimiento de la sentencia, donde se conservan las facultades del tribunal para sancionar disciplinariamente al Invima, en caso del incumplimiento del fallo.

EL FALLO

El falló en  su apartes dice “ordénese al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima como responsable de la operación del Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne y Productos Cárnicos y Derivados Cárnicos para que en un término de 30 días emprenda las acciones tendientes a articular, en coordinación con todas las autoridades sanitarias y ambientales del orden territorial, (departamental y municipal), el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control establecido en el Decreto 1500 de 2007.

Ordénese al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, como integrante de la Comisión Nacional Intersectorial de la Coordinación y Orientación Superior del Beneficio de Animales Destinados para el Consumo Humano, que emprenda las acciones necesarias tendientes a proponer y armonizar políticas orientadas a desestimular y erradicar el beneficio ilegal de animales, destinados para el consumo, así como el transporte y comercialización de la carne y los productos cárnicos comestibles, obtenidos en esas condiciones, a fin de que sean discutidas y analizadas en la próxima reunión de dicha comisión que se cite, de conformidad con el artículo 6 del Decreto 1362 de 2012; y presentar a esta corporación, un informe sobre los resultados de las políticas propuestas.

Ordénese al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, de conformidad con el artículo 7 de la Resolución número 003753 de 2013, que oriente técnicamente a los comités departamentales o regionales para la formulación de planes de acción, inspección, vigilancia y control de la carne y productos cárnicos comestibles o a lo largo de la cadena.

Para la verificación del cumplimiento de esta obligación, deberá presentar a este Tribunal, dentro de los 90 días siguientes un informe sobre los resultados con respecto a cada uno de los comités regionales y departamentales.

Ordénese a la Policía Nacional iniciar un Plan de Acción en todo el país, a fin de identificar los sitios de sacrificio ilegal o proceder de conformidad con el artículo 110 de la Ley 1801 de 2016, a imponer las sanciones a que haya lugar. Para la verificación del cumplimiento de esta obligación, deberá presentar a este tribunal, cada 30 días un informe de resultado de los operativos que haya llevado a cabo en todo el territorio nacional.

Confórmese el Comité de Verificación de la sentencia que estará integrado, además del Magistrado; por el Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima; el Director de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional; un representante de la Comisión Nacional Intersectorial de la Coordinación y Orientación Superior del Beneficio de Animales Destinados para el Consumo Humano; un representante de la Asociación de Frigoríficos de Colombia; y un representante de cada asociación coadyuvantes en el presente medio de control.

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