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Corte avaló el derecho de niños a escoger si viven con su mamá o el papá

La Corte Constitucional amparó el derecho de un menor estadounidense de ocho años a quedarse con su mamá en Colombia, es decir, consideró que los menores cuentan con autonomía para decidir con cuál de sus padres quiere vivir.

El alto tribunal así lo determinó tras estudiar una tutela interpuesta por una mujer a quien el Tribunal Superior de Bogotá le ordenó enviar a la niña de regreso con su papá, un estadounidense que vive en La Florida.

 

La menor nació en Palm Beach en enero del 2010, tras la relación que sostuvieron sus padres, sin embargo, en el 2015 la mamá decidió viajar a Colombia, con autorización del padre, y luego de unos meses decidió no regresar a Estados Unidos y pedir el divorcio, por lo que el padre inició un proceso de restitución internacional para que se ordenara el regreso de la menor a la Florida.

La solicitud del papá fue acogida por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá, sin embargo, la madre tuteló su derecho al debido proceso y el de la menor a decidir con quién quiere vivir.

La Corte Constitucional encontró que el Tribunal valoró mal las pruebas del caso y además que debía ser tenida en cuenta la voluntad de la menor, quien quiere quedarse a vivir con su mamá en Colombia, a pesar de que la Sala de Familia consideró que la menor no tenía la madurez suficiente para opinar sobre su retorno.

Para la Corte Constitucional, se debió tener en cuenta que el Convenio de La Haya de 1980, que “exige que la autoridad judicial que decide sobre restitución internacional, encuentre en la manifestación del menor un repudio irreductible a regresar”.

Así las cosas, el alto tribunal ordenó a la Sala Laboral del Tribunal de Bogotá proferir una nueva sentencia teniendo en cuenta los parámetros del fallo, principalmente en cuanto a la necesidad de valorar la opinión de la menor.

BOGOTÁ COLPRENSA

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