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‘Ley de Sometimiento endurecerá penas a los corruptos’: Fiscal

El fiscal general Néstor Humberto Martínez consideró que las personas que cometan el delito de concierto para delinquir se someterán a una pena entre los 4 y los 9 años, esto teniendo en cuenta que previo a la normativa purgaban una pena de 3 a 6 años.

La Fiscalía General de la Nación anunció que la Ley de Sometimiento de las Bandas Criminales que fue sancionada en la mañana de este lunes por el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, además de beneficiar y judicializar a los presuntos críminales tiene nuevas prescripciones y montos de penas en los delitos por los que son juzgados.

 

En ese sentido, la Fiscalía consideró que las personas que cometan el delito de concierto para delinquir se someterán a una pena entre los 4 y los 9 años, esto teniendo en cuenta que previo a la normativa purgaban una pena de 3 a 6 años.

El fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, indicó que los años aumentarían en caso de que haya un concurso con los delitos de tráfico de niños, trata de personas, tráfico de migrantes, financiación de grupos de delincuencia organizada y administración de recursos relacionados con actividades de la delincuencia organizada, ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables, contaminación ambiental por explotación de yacimiento minero o hidrocarburo, explotación ilícita de yacimiento minero.

En ese sentido, señaló el fiscal que los presuntos delincuentes serán merecedores de penas entre los 8 y los 18 años, y en caso que sea un funcionario público quien cometa esta falta, éste deberá purgar entre 16 y 36 años de condena.

Añadió el jefe del ente acusador, que las penas en el delito de concierto para delinquir también se robustecen cuando hay un concurso con los delitos de contrabando, contrabando de hidrocarburos y sus derivados, fraude aduanero, favorecimiento y facilitación del contrabando, favorecimiento de contrabando de hidrocarburos o sus derivados, en este caso la pena será de 6 a 12 años.

Estos aumentos en las penas se fundamenta en la Comisión de Palermo que cobija los delitos de lavado de activos, corrupción y terrorismo.

Señaló la Fiscalía que además de robustecer las penas en dicho delito, se creó un tipo autónomo en el cargo de amenazas, lo que permitirá a la Fiscalía indagar los hostigamientos que reciben los líderes sociales en el territorio nacional.

En ese sentido, afirmó el fiscal que las personas que incurran en dicha falta deberán pagar una pena entre los 7 y los 10 años y 8 meses de prisión.

El fiscal señaló que la ley sancionada que está enfocada en el sometimiento a las bandas criminales, también tiene como finalidad determinar la diferencia entre los Grupos Armados Organizados GAO y los Grupos Delincuenciales Organizados GDO, tipificando este último como que tres o más personas están dedicadas a delito de concierto para delinquir después de un tiempo definido. 

En el caso de los Grupos Armados Organizados GAO será el Consejo de Seguridad Nacional el que determine si el ‘Clan del Golfo’, el Ejército de Liberación Nacional ELN, ‘Los Pelusos’ y las disidencias de las Farc son catalogados en esa categoría.

Una vez se tipifiquen y la Fiscalía General de la Nación determine los delitos por los que son responsables, se determinará si en el concurso de delitos que cometieron hay profesionales dedicados al asesoramiento jurídico, contable, técnico y científico, de ser así estos serán penalizados entre los 6 y los 10 de prisión como lo estima el artículo 6 de la normativa.

Por otro lado, señala la nueva legislación que una vez los miembros de las bandas crimínales se presenten ante el Gobierno Nacional para el sometimiento a la justicia, serán llevados a colonias agrícolas donde posteriormente serán juzgados por la Fiscalía ante jueces especializados para juzgar a miembros de bandas criminales.

En ese sentido, indicó el jefe del ente acusador que los investigados no deberán pasar más de 3 meses en ese lugar, y serán custodiados por las autoridades competentes. También indicó Martinez que además de este beneficio, los miembros de las bandas criminales podrán ejercer como personal encubierto con el fin de suministrar información al ente acusador para judicializar al resto de intregrantes.

BOGOTÁ COLPRENSA

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