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Contraloría certifica al municipio de Santa Ana

El municipio de Santa Ana, durante la vigencia fiscal del año anterior, recaudó ingresos corrientes de libre destinación.

La Contraloría General de la República certifica que el Municipio de Santa Ana cumplió con el indicador de la ley 617 de 2000, referente al límite de gastos de funcionamiento para la vigencia 2017, con un porcentaje del 66.08%.

 

La buena noticia fue dada por el Contralor Delegado para la Economía y las Finanzas Públicas, Juan Carlos Thomas Bohórquez, quien certificó que el municipio de Santa Ana, durante la vigencia fiscal del año anterior, recaudó ingresos corrientes de libre destinación.

La certificación fue expedida con base en la información reportada por la entidad territorial, el cual manifiesta que en caso de presentarse inconsistencias en la información con posteridad a la fecha de expedición, la certificación carecerá de efectos.

“Esta certificación le fue otorgada al municipio de Santa Ana, por  el cumplimiento del límite de gastos de funcionamiento, en el cual el municipio cumplió con un 66% y con las transferencias al Concejo y personería Municipal, para la vigencia 2017”, manifestó Aylen Contador, secretaria de hacienda municipal.

Contraloría certifica al municipio de Santa Ana

La certificación fue expedida con base en la información reportada por la entidad territorial.

LEY 617 DEL 2000

La ley 617 del 2000, por la vía de la fijación de límites a los gastos de funcionamiento dependiendo de la categoría a la cual pertenezcan las entidades territoriales, dotó a estas de un instrumento jurídico financiero con objetivos de recuperación fiscal y de racionalización de gasto.

Tales entidades territoriales han confiado la resolución de la gran mayoría de sus interrogantes a la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público – DAF, lo que ha permitido a esta dependencia hacer un seguimiento constante de la materia y la emisión de conceptos, que por vía de doctrina institucional sirven a la hora de fijar posiciones respecto a los alcances de las disposiciones contenidas en la Ley 617 de 2000.

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