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MinEducación firma decreto para facilitar pago para los docentes

El Ministerio de Educación Nacional expide el Decreto 1272 de 2018, el cual reglamenta el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas de los docentes con el propósito de agilizar estos trámites.

Este Decreto define claramente el procedimiento, los plazos y responsabilidades de los actores que intervienen en el reconocimiento de las prestaciones, como las Entidades Territoriales Certificadas y la sociedad fiduciaria encargada del manejo de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. De esta manera, se busca evitar demoras en el reconocimiento de las prestaciones y la generación de intereses.

 

Así las cosas, el Decreto fija los siguientes términos para resolver las solicitudes de los maestros afiliados a Fiduprevisora:

Solicitud de reconocimiento pensional que ampara el riesgo de vejez: 4 meses siguientes a la fecha de radicación completa de la solicitud.

Solicitud de reconocimiento pensional que ampara el riesgo de invalidez: 2 meses siguientes a la fecha de radicación completa de la solicitud.

Solicitud de reconocimiento pensional que ampara el riesgo de muerte: 2 meses siguientes a la fecha de radicación completa de la solicitud.

Solicitud de reconocimiento de cesantías: deben ser resueltas sin exceder 15 días hábiles contados desde la radicación completa de la solicitud.

De otra parte, el Decreto señala que para la afiliación al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, los docentes provisionales pagarán una cuota única de afiliación, independientemente del número de veces que sean nombrados en un mismo año lectivo, dado que antes, por cada nombramiento debían hacer un pago.

El Decreto además, define claramente el procedimiento, los plazos y responsabilidades de los actores que intervienen en el reconocimiento de las prestaciones, como las Entidades Territoriales Certificadas y la sociedad fiduciaria encargada del manejo de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.

 

 

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