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Condenados padrinos de ‘sarita’ por tortura agravada y homicidio agravado

El juzgado Primero especializado decidió imponer la pena de 475 meses de prisión a Johana Guerra y 156 meses de cárcel a Edilberto Rojas, padrinos de ‘Sarita’.

En la sala número siete del Palacio de Justicia, se llevó a cabo ayer la lectura de fallo condenatorio en contra de Johana Guerra y Edilberto Rojas, padrinos de ‘Sarita’, la niña que murió el pasado 23 de abril de 2017.

Durante la audiencia que duró más de cuatro horas, el juez Primero especializado decidió condenar a 39 años y ocho meses de prisión (475 meses) a Guerra, madrina de la niña, por la autoría de los delitos de tortura agravada y homicidio agravado.

Asimismo, le impuso la pena de 13 años de prisión a Edilberto Rojas, padrino de la niña, por el delito de tortura agravada en condición de garante.

 

DURANTE LA AUDIENCIA

El togado desarrolló cada una de las pruebas que datan desde 2016, en donde la niña fue conducida hacia el hospital Regional del Líbano por sus malas condiciones de salud, pasando por el dictamen médico previo de la muerte de ‘Sarita’ y su posterior necropsia, en la que se evidenció los fuertes golpes y maltratos que sufrió la pequeña durante su corta existencia.

Quizá el momento más trágico durante la diligencia fue la cita de los testimonios de los profesionales de la salud que atendieron en la UCI del Federico Lleras a la niña, previo a su deceso.

“No podemos tapar el sol con un dedo, la niña era golpeada, no hay otra manera en el que un cuerpo pudiera estar tan lastimado”, dijo uno de los galenos.

 

¿POR QUÉ MURIÓ ‘SARITA’?

Según el dictamen forense la niña que registraba en su cuerpo lesiones faciales, múltiples cicatrices de diferentes formas en su tórax y espalda, lesiones en sus extremidades inferiores y superiores, pérdida de sus dientes producto de golpes, quemaduras con vinagre en su piel, pérdida de una de sus falanges de uno de los dedos de la mano izquierda, que fue violada por vía vaginal y anal, murió por el llamado síndrome del bebé sacudido.

Situación que le afectó el sistema nervioso central, produciéndole un trauma encefálico severo.

 

LA PENA

Si bien Guerra fue hallada como culpable de los delitos de tortura agravada y homicidio agravado, fue absuelta del delito de acceso carnal violento, pues no se ha podido establecer quién fue el que violó la pequeña, por lo que el juez decidió compulsar copias para que determine quién fue el causante de este vejamen contra la menor.

De igual manera, ordenó que el Icbf interviniera a los hijos de la pareja con el fin de que se les garanticen los derechos.

Por otra parte, la mujer y su cónyuge deberán cancelar una multa de mil 450 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Ibagué El Nuevo Día.

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