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Duque respaldó actuación de la Procuraduría en caso Medimás

“Yo creo que la forma en la que se  ha procedido por parte del señor procurador (Fernando Carrillo) tiene un sustento muy claro. Lo que tenemos que asegurar desde el Gobierno Nacional es la calidad del servicio y que no se presenten más abusos en el sistema”, dijo el presidente.

 El presidente de la República, Iván Duque, respaldó la forma como ha venido actuando la Procuraduría General de la Nación  frente a los incumplimientos de la EPS Medimás.

 

 “Yo creo que la forma en la que se  ha procedido por parte del señor procurador (Fernando Carrillo) tiene un sustento muy claro. Lo que tenemos que asegurar desde el Gobierno Nacional es la calidad del servicio y que no se presenten más abusos en el sistema”, dijo el presidente.

De acuerdo al presidente, el sistema de salud debe garantizar que las EPSs no solamente sean remuneradas por el número de afiliados, sino por la calidad del servicio, que en este caso Medimás no está cumpliendo.

El Gobierno tomó  la decisión de revocar la venta de la antigua Cafesalud EPS, hoy Medimás EPS, debido a reiterados incumplimientos económicos de los compradores y múltiples problemas en la atención a los usuarios.

La decisión, que fue adoptada por la agente interventora de Saludcoop EPS, Ángela María Echeverri, tras la solicitud de varios organismos de control, entre ellos la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo, deja en vilo a los 4,2 millones de usuarios que tiene Medimás, EPS que viene operando desde el primero de agosto del 2017 cuando asumió la atención de los usuarios de Cafesalud, en medio de controversias y denuncias por el proceso de compra.

UNA PUJA LEGAL

En medio de la polémica e incertidumbre que se ha generado con el caso de Medimás, uno de los aspectos que ha venido tomando relevancia es si la agente interventora tiene las facultades para terminar el contrato de venta de Cafesalud.

Ante esto, el presidente de Medimás aseguró que “la EPS utilizará los mecanismos legales para poder garantizar su legítimo derecho de defensa y la protección de los derechos de los usuarios”.

Frente a esta posibilidad, el superintendente de Salud, Fabio Aristizábal, indicó que este tema es jurídico y por el momento no es competencia de la Superintendencia ya que la prioridad es que se sigan atendiendo a los usuarios.

“La revocatoria es un tema jurídico y yo vigilo a Medimás y a otros sujetos, pero los temas jurídicos son privados y esto seguramente tendrá un proceso que una vez se surta habrá decisiones. Por el momento, tenemos que mantener la calma, que los usuarios de Medimás estén tranquilos que los van a seguir atendiendo. La batalla jurídica no es mía, mi batalla es que atiendan a los usuarios”, manifestó Aristizábal.

No obstante, en medio del litigio jurídico que se avecina, el presidente de la EPS aseguró que la operación de la entidad seguirá garantizándose sin interrupción en los 520 municipios donde tienen presencia.

LIMITAR AFILIACIONES

Mientras tanto, la Superintendencia Nacional de Salud, a través de un paquete de resoluciones expedidas el 28 de septiembre de 2018, le ordenó a 16 EPS la limitación para realizar nuevas afiliaciones y aceptar traslados.

Las entidades a las que se les comunicó esta decisión son: Servicio Occidental de Salud SOS, Capital Salud, Coomeva, Medimás, Savia Salud, Capresoca, Cruz Blanca, Emdisalud, Emssanar, Comfasucre, Comfachocó, Comfamiliar Huila, Comparta, Ambuq, Comfamiliar Cartagena, y Comfacor.

La medida se produce como parte de las acciones previstas por el ente de control para garantizar la estabilización de la operación de las EPS que se encuentran bajo medida de vigilancia especial, garantizando, de este modo, la normalización de los servicios y la correcta atención a su población afiliada.

La limitación no operará en los siguientes eventos previstos:

  1. Beneficiarios que puedan integrar el mismo núcleo familiar.
  2. Novedades de traslados cuya efectividad se produce con posterioridad a la restricción.
  3. Cumplimiento de órdenes derivadas de fallos judiciales.
  4. Unificación de grupo familiar, cuando los cónyugues o compañeros permanentes, se encuentren afiliados en EPS diferentes o cuando un beneficiario cambie su condición de cónyugue o compañero permanente.
  5. Afiliados adicionales que pueden ingresar a un núcleo familiar. La Supersalud continuará realizando un estricto seguimiento al comportamiento y cumplimiento de las órdenes impartidas por la entidad, con el fin de garantizar una atención a los usuarios en términos de calidad, oportunidad e integralidad.

PLAZO DE 12 MESES

La Superintendencia Nacional de Salud viene adelantando la evaluación a los indicadores de habilitación y permanencia de las Eps, mediante la aplicación de la ruta que se trazó para el Decreto 682, con el fin de depurar del sistema de salud las entidades que no cumplan las condiciones para operar.

Las EPS que deben cumplir con estos mandatos son: Capital Salud, Capresoca, Convida, Coomeva, Medimás, SOS, Ambuq, Comparta, Cruz Blanca, Emdisalud, Emsanar y Savia Salud.

En este sentido, el ente de vigilancia, alista una serie de criterios de evaluación en los que solicitó a estas entidades que operan en los regímenes contributivo y subsidiado el reporte de información correspondiente a los estándares de autorización.

Para este proceso, las Eps con dicha medida, tendrían al menos tres meses para demostrar que pueden operar.

Teniendo en cuenta estos criterios de operación, la Supersalud evaluará periódicamente las demás condiciones que permitirán determinar las acciones para robustecer la red de aseguramiento del país, a partir de la implementación de la gestión del riesgo en salud y cobertura de población afiliada.

Adicionalmente, el acto administrativo enumera las condiciones, que, según el caso particular, deben cumplir cada una de las EPS.

Las condiciones son: a). Financieras y de solvencia: patrimonio adecuado, reservas técnicas y régimen de Inversión de las reservas técnicas.

b). Cobertura de red de servicios: para alta y baja complejidad y especialidades básicas, para los regímenes subsidiado y contributivo.

c). Reducir la tasa de incidencia de las PQRD: generando estrategias efectivas y contundentes que permitan mitigar las causales que las originan.

d). Los indicadores de Experiencia en la Atención en los regímenes subsidiado y contributivo: en tiempo promedio de espera para la asignación de cita de obstetricia, promedio de tiempo de espera para la entrega de medicamentos incluidos en el POS, porcentaje de fórmulas médicas entregadas de manera completa y porcentaje de fórmulas médicas entregadas de manera oportuna.

BOGOTÁ COLPRENSA

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