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¿Es legal un despido o una renuncia por WhatsApp?

El 84 % de los usuarios de telefonía celular en Colombia utiliza WhatsApp, según un estudio de la empresa Lanix

 

El uso de los medios virtuales en especial de redes sociales como WhatsApp, Instagram, Facebook, entre otros ocupa a diario la vida de millones de personas en Colombia y el mundo. Se han convertido en herramientas básicas, no solo en el campo de los negocios, el entretenimiento, los viajes, las relaciones familiares, personales, sino en el ámbito laboral.

Cabe recordar, que en el caso colombiano el 84 % de los usuarios de telefonía celular utilizan WhatsApp, según un estudio de la empresa Lanix.

Últimamente, el tema ha cobrado especial relevancia en el campo laboral y sus límites de uso, tras una sentencia de la Corte Constitucional (T-574/17) que validó la sanción al trabajador de una reconocida compañía por haber incitado a sus compañeros —a través de textos y audios emitidos en un grupo de WhatsApp ba no acatar las órdenes de sus jefes.

El trabajador alegó que se le violó el derecho a la privacidad ya que el contenido del chat fue conocido por las directivas de la firma.

Para ese alto tribunal el chat no era privado porque todos los empleados compartían información sobre sus labores y deberes.

Debido a ese caso han surgido numerosas inquietudes sobre si estos medios son válidos o no en el terreno de las funciones laborales, o la hora de sanciones, despidos y otras acciones de carácter legal.

 

¿La empresa me puede despedir vía WhatsApp?

Sí. El abogado y especialista de la Universidad de Rosario, Iván Jaramillo, aclara que ese despido procede por este medio cuando es sin causa justa. Es decir, cuando se produce la cancelación unilateral del contrato y el pago de la indemnización respectiva. Lo importante, anota, es que haya identidad clara del remitente, del mensaje, del destinatario y de su contenido.

 

¿Y cuándo es con justa causa, tiene igual validez ese despido a través de WhatsApp?

No. Cuando es por justa causa esta vía digital o virtual no procede, pues se requiere abrir un proceso disciplinario al trabajador con todas las formalidades legales. Esto incluye además una audiencia de descargos para restablecer las responsabilidades del empleado por faltas graves o no, en su desempeño laboral, funciones, convivencia, etc. El abogado Jaramillo recalca que se debe respetar siempre el debido proceso al trabajador.

 

¿Incurro en una falta laboral si no contesto o atiendo un chat de mi jefe a altas horas de la noche?

Sí, siempre y cuando el trabajador haya autorizado a la empresa el uso del WhatsApp para tocar asuntos laborales, Y que el contrato laboral respectivo figure en la condición de empleado de manejo y confianza.

En Colombia no existe todavía el derecho a la desconexión, tal como sucede en Europa.

Sin embargo, el abogado Jaramillo, aclara que, si la orden al subalterno es para desarrollar una tarea inmediata y justificada, éste tendrá derecho al pago de horas extras. Si el mensaje es solo para recordarle cierta reunión o compromiso, no procede el pago.

 

¿Si presento mi renuncia por esta vía, me la aceptan?

Sí. Este medio digital es aceptado. La ley no prohibe que se puedan tomar decisiones con el apoyo de herramientas virtuales. Una dimisión por WhastsApp tiene igual validez legal que una presentada a través de una carta física o por correo electrónico.

El abogado Jaramillo recordó que este medio cobra especial relevancia en la actualidad dado que ya no existe el llamado preaviso.

 

¿Cuándo un chat entre trabajadores de una empresa es privado?

La Corte Constitucional en su sentencia determinó que las conversaciones de grupos de WhatsApp no tienen el alcance de ser privados y pueden ser utilizados dentro de procesos disciplinarios en el marco del trabajo.

 

¿Y entre familiares, amigos u otros?

En este caso el derecho a la protección de la privacidad aumenta cuando se trata de grupos de familiares o parientes cercanos que se envían mensajes por esta vía.

No es igual, cuando se trata de chats con numerosos participantes sin vínculos de amistad.

 

¿Y el acoso laboral? ¿Un chat o conversación por WhatsApp puede tener validez en un proceso por acoso laboral?

Sí. Julián Páez, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre, experto en uso de la tecnología en espacios laborales señala que “si este tipo de conversaciones están subidas de tono, pueden ser tomadas como pruebas de acoso en cualquier contexto”.

Y anota: “Si se requiere demostrar esto (el acoso) ante un juez, la víctima deberá demostrar la autenticidad, integridad, claridad y legalidad del mensaje”.

Es decir, que la prueba “se obtuvo de forma lícita, sin vulneración del derecho a la intimidad, y demostrar que no se hizo hackeando el teléfono móvil de la otra persona”.

Guía para evitar líos

 

¿Qué recomendaciones son claves frente al uso del WhatsApp en el terreno laboral?

El abogado y especialista de la Universidad Libre, Julián Páez, recomienda poner límites al contenido de los mensajes: exija que no le envíen virales ni memes. Solo temas de trabajo y dentro de la jornada laboral.

-Es clave definir y compartir con su jefe un protocolo para enviar información sensible o privada por medio de esta App.

-Aclare que esta aplicación no va a sustituir el uso de correo electrónico, como forma de comunicación corporativa.

-Si la empresa le da un celular corporativo con un plan de datos, deje claro antes de recibirlo que solo atenderá llamadas y responderá mensajes en horario laboral. Excepto en los casos de empleados de manejo y confianza por parte de la empresa, podrán hacer salvedades entre las partes.

 

El Colombiano

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