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Consultas populares ya no podrán frenar la minería: Corte

Nueve comunidades ya se habían pronunciado en contra de los proyectos extractivos en sus territorios

 

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió, después de discutir en varias salas, que las consultas populares no pueden limitar los proyectos extractivos en los territorios, ya que el subsuelo es propiedad del Estado. Sin embargo, el Alto Tribunal dio un plazo de dos años para que el Congreso legisle sobre el particular.

Hasta la fecha, en el país se han desarrollado nueve consultas populares en las que las comunidades han refrendado su deseo de que en sus territorios no haya minería, son ellos: Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Santander), Sucre y Jesús María (Sucre). Y con la decisión que la Corte tomó este jueves, esto no podrá volver a ocurrir.

La votación fue 5-1 en una ponencia presentada por la magistrada Cristina Pardo Schlesinger en la que se consideró que si el Gobierno Nacional tiene competencias sobre el suelo y el subsuelo, entonces las autoridades territoriales no pueden vetar la explotación de los recursos naturales no renovables.

No obstante, la Sala consideró que debe haber una colaboración armónica entre el Gobierno Nacional y los gobiernos regionales y locales.

Esta decisión fue tomada al responder a un tutela interpuesta por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, que buscaba hacer sísmica en Cumaral (Meta) para buscar hidrocarburos. De acuerdo con el texto de la tutela, resultaba cuestionable que mediante una consulta popular se desconociera el contrato que la petrolera tenía con la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

Así las cosas, además de afectar las consultas populares a futuro, para las cuales al menos 50 municipios hacen trámites, también tumba la decisión tomada en Cumaral, aunque haya tenido el apoyo de 7.475 ciudadanos.

 

El Colombiano

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