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Las consultas originaban extorsión y chantaje al país

Hasta la fecha se han hecho consultas en 92 municipios, cerca del 10% de los que cuenta el país, en la mayoría de las cuales los ciudadanos votaron en contra de la minería.

 Hace las rato las debieron haber metido en cintura. No hay dudas que alrededor de las consultas populares lo que se armó fue un ´cartel de consultas´, donde se extorsionaba a las empresas e inclusive al mismo Gobierno.

 

Con el fallo de la Corte Constitucional se desactivó un barril de pólvora sobre el cual estaba la Nación. Hay casos comprobados y documentados en los cuales se promovían estas consultas solo con el ánimo de sacarles plata o provecho a empresas mineras o al Estado.

El fallo de la Corte Constitucional en el que estableció, esta semana, que las consultas populares no pueden impedir las explotaciones mineras ni petrolíferas, también pide al Congreso de la República regular las formas de participación para que las comunidades sean escuchadas y lograr concertar con las autoridades la realización de estos proyectos.

En la práctica es volver a lo que se hacía. No obstante, expertos consultados consideran que en la norma que se expida lo más importante es que se le garantice a la población la suficiente información sobre alcances e impactos para que pueda tomar buenas decisiones.

El boom que se ha presentado en los dos últimos años con la realización de casi un centenar de consultas populares antiminería se explicaría en que hoy por hoy la población tiene una mayor conciencia ambiental y de los efectos que tienen sobre suelo, aguas y el aire la minería y la perforación petrolera.

Sin embargo, la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que las decisiones que tomen los ciudadanos en las urnas en las consultas populares no pueden impedir la realización en sus territorios de proyectos de minería y de hidrocarburos, pues la Nación es dueña del subsuelo y los mismos tienen interés nacional.

Así lo estableció el alto Tribunal al tumbar la consulta popular que hicieron los habitantes del municipio de Cumaral, Meta, resolviendo de esta forma una tutela que presentó la multinacional Mansarovar Energy invocando la protección de su derecho fundamental al debido proceso.

El exministro de Ambiente, Juan Mayr Maldonado, dijo sobre la regulación que tendrá que hacer el Congreso en atención a este fallo de la Corte, que “ante todo un proceso de concertación necesita tener la misma calidad de información para poder tener una participación informada, una participación equitativa que permita que se pongan encima de la mesa todos los puntos de vista. Pero además que se cuente con información científica sobre los impactos que puede tener cualquier tipo de actividad en el subsuelo, porque impactos los hay, unas veces mayores, otras veces menores. Y obviamente ese tipo de información es fundamental para una toma de decisiones adecuada”.

El exministro añadió que percibe otro problema, y “es cuando no hay información adecuada ni divulgación de la información, entonces todos estos procesos se pueden presentar en algunos casos y de algunos sectores para tener posiciones políticas. Esto tanto a nivel nacional como local”.

Por su parte, Jhenifer Mojica Flórez, subdirectora de la Comisión Colombiana de Juristas y con amplia experiencia en el campo de los derechos humanos, en especial, derechos sociales y económicos, dijo a este Diario que “siempre hemos sido muy insistentes en el llamado de atención al Gobierno nacional que la agenda especialmente minera genere procesos que respondan a parámetros de concertación y consulta popular que están consagrados internacionalmente. Colombia siempre ha contestado que su único compromiso es con las comunidades étnicas en el marco del Convenio 169 con la OIT, lo cual excluye al resto de la comunidad que se pueda ver afectada por los distintos tipos de influencias o de efectos que tienen estos proyectos en la zona”.

Mojica añadió, que con esta oportunidad que “tenemos hoy puede ser tanto una oportunidad como un reto. Una oportunidad para que realmente haya una regulación de la consulta de manera que garantice esos mínimos estándares de consulta previa libre, informada, que permita a las comunidades tener acceso real a información científica sobre los proyectos, que permita acceder a la información de los proyectos, porque realmente hoy lo que ocurre es que las comunidades no conocen ni siquiera los proyectos ni los planes de manejo ambiental, ni los efectos y riesgos que tienen, salvo hasta que se presentan los riesgos”.

Agregó también que puede ser una oportunidad que permita “poder hacer un diálogo con los esquemas de ordenamiento territorial que tienen en los municipios y que esto dialogue con la realidades diferenciales que hay en cada zona. Pero también es el reto de que no se aproveche esa excusa para hacer una regulación que sea más restrictiva de los derechos de las comunidades en la toma de decisiones sobre lo que pasa en su territorio”.

EXPRESIÓN DEMOCRÁTICA

En tanto que la exministra de Ambiente, Cecilia López, dijo a este Medio que “uno sabe que las sentencias de la Corte hay que respetarlas, pero me sorprendió porque va demasiado cerca con la línea del Gobierno que ha sido atacar las consultas populares. Y como ciudadana pienso que las consultas populares son una expresión de democracia, obviamente reguladas y evitar que haya excesos”.

Agregó López, que “aunque Colombia no es una potencia minera tiene minerales, y se tiene que buscar la forma de explotarlos, pero me parece que en un momento en donde el país está ampliando su democracia, me parece muy complicado para el país esta sentencia de la Corte”.

AJUSTES

La ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, dijo tras este fallo de la Corte que “es la oportunidad para revisar cómo se está adelantando todo el proceso de consulta popular y de consulta previa”.

No obstante, puso de presente que “es un derecho fundamental y el Gobierno es consciente de ello. Debemos buscar cuales son los términos de la sentencia de la Corte para podernos ajustar a ella”.

Por su parte, el presidente del Consejo Nacional Electoral, Heriberto Sanabria, anunció que “voy a solicitar al Registrador, conforme al fallo, que se suspenda logísticamente la realización de esas consultas. No tiene ninguna lógica continuar haciendo consultas populares porque no van a tener ningún efecto”.

UN FALLO OPORTUNO

Este fallo pone fin a cerca de dos años de incertidumbre que vivieron el Gobierno nacional y el sector minero por la oleada de consultas populares desarrolladas y otras que se quedaron apenas en solicitud en diferentes regiones del país, en las cuales en su mayoría los ciudadanos votaron a favor de la no realización en sus municipios de exploración minera y petrolera para preservar un medio ambiente sano.

Hasta la fecha se han hecho consultas en 92 municipios, cerca del 10% de los que cuenta el país, en la mayoría de las cuales los ciudadanos votaron en contra de la minería.

En abril pasado, la Corte realizó una audiencia en el marco del estudio de la tutela que presentó Mansarovar Energy contra la consulta popular, en la cual representantes del Gobierno aseguraron que por cuenta de las consulta mineras el país había perdido a la fecha 230.000 millones de pesos. En esa oportunidad pidió volver a la concertación entre la Nación y los municipios frente a la ejecución de minería en sus territorios.

En esa oportunidad la presidenta de la Agencia Nacional de Minería, Silvana Habid, dijo que la Corte debe retornar a la jurisprudencia que ordenaba que en estas actividades se hiciera una concertación entre la Nación y los entes territoriales. «Una interpretación que suponga prohibición, desconoce la Constitución y los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad», apuntó.

En la práctica lo que ha sucedido es que se han visto enfrentados el derecho del Estado para el uso del subsuelo ante el que tienen los ciudadanos de decidir sobre el uso del territorio y la defensa de un ambiente sano para ellos y sus hijos.

Con una votación de 5-1 la Sala Plena de la Corte Constitucional acogió la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, en el sentido que las consultas no pueden detener los proyectos de minería porque la Nación es la dueña del subsuelo y por lo tanto de su uso.

No obstante, la ponencia a la vez considera que los ciudadanos están acudiendo a las consultas populares para manifestar su rechazo, en este caso, a la realización de actividades extractivas en sus territorios, porque no existen suficientes vías para hacerse escuchar. Por ello da un plazo al Congreso para que expida una regulación en esta materia.

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