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´Conflicto de competencias planteado es inexistente´

Para la Jurisdicción Especial para la Paz, no existe el conflicto de competencias alegado por la Fiscalía, que le pidió a la Corte Constitucional definir cuál de las dos entidades debe manejar el tema de los bienes no inventariados de la antigua guerrilla de las Farc.

En un documento de 52 páginas, la JEP expuso las razones por las cuales cree que la Fiscalía General de la Nación no está planteando un conflicto de jurisdicciones, “pues no está reclamando competencia para conocer de la solicitud específica de la Unidad de Investigación y Acusación».

Según la jurisdicción, la Fiscalía realmente no está planteando «un conflicto de competencias sino la inconformidad con unas órdenes de petición de información”.

Para la JEP, “la Fiscalía, sin fundamento ni potestad alguna, equiparó los bienes ‘no Individualizados’ con bienes ‘no inventariados’ con el propósito de excluirlos de la masa patrimonial destinada a la reparación integral de las víctimas del conflicto armado por parte de las extintas FARC-EP. La postura de la FGN afecta exclusivamente a las víctimas”.

En las razones que le expusieron al magistrado Alejandro Linares, presidente del alto tribunal, se esgrime que la JEP actúa bajo los principios pro víctima en relación a los bienes de la exguerrilla a los que considera como propiedad para contribuir a la reparación de las personas que se vieron afectadas por su actuar delictivo en varias regiones del país.

De acuerdo con la magistrada Reinere de los Ángeles Jaramillo, Néstor Humberto Martínez “hace afirmaciones que no le constan, realiza valoraciones sobre servidores de la JEP y sujetos procesales de esta jurisdicción sin estar facultado para ello y que desbordan su competencia”.

En el escrito le piden que, en caso de dictar jurisprudencia al respecto, sea a favor de la JEP, puntualmente a la Sección de Primera Instancia de Ausencia de Reconocimiento. Adicional a ello, le solicitan al alto tribunal que le ordene a la Fiscalía General de la Nación «suministrar toda la información solicitada por la JEP por ser inoponible, con el

objeto de continuar con el trámite de medidas cautelares de su competencia”.

BOGOTÁ COLPRENSA

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