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Carta no es suficiente para libertad de Arias

Andrés Felipe Arias, exministro de Agricultura.

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La misiva que envió el embajador de Colombia en Estados Unidos, Francisco Santos, para pedir la libertad de Andrés Felipe Arias deja tres lecturas: la primera, sí es tarea de un diplomático pedir la libertad de los presos; la segunda, enviar la carta no significa que la justicia norteamericana deba actuar y, la tercera, que, en este caso, hay más intenciones políticas que diplomáticas. Esta es la reflexión de expertos consultados.

El revuelo de la carta inició el martes por la noche cuando se conoció que Santos le escribió a Christopher J. Smith, director de la División Criminal del Departamento de Justicia, para que le concediera al exministro de Agricultura el beneficio de libertad bajo fianza, mientras se resuelve la apelación en su caso.

La carta fue enviada el 10 de diciembre y, en esta, Santos asegura que Arias no evadirá a la justicia estadounidense y en cambio podría pasar las vacaciones con su esposa e hijos. El documento solo fue conocido hasta el martes porque el editorial del diario The Wall Street Journal lo mencionó.

“El Gobierno de Colombia apreciaría la rápida implementación de los pasos necesarios para asegurar que el señor Arias pueda ser liberado bajo fianza, para que él pueda pasar tiempo con su esposa y sus pequeños hijos, especialmente durante la temporada de días festivos. El señor Arias no representa un riesgo de huida y, únicamente basados en motivos humanitarios, su liberación inmediata tendría un gran impacto en su familia e hijos”, dice la comunicación.

Ante esto, el Centro Democrático agradeció la solicitud presentada ante el Fiscal encargado del caso en dicho país para “atenuar las condiciones en que actualmente el doctor Andrés Felipe se encuentra”

La pregunta que queda, entonces, es ¿hasta dónde un embajador, de corriente uribista, puede pedir la libertad de un preso? Los analistas coinciden en que es parte de su tarea diplomática hacerlo, pero que, generalmente, esto se hace por una situación humanitaria delicada.

Carlos Arévalo, jefe del Departamento de Derecho Internacional de la Universidad de la Sabana, explicó que la principal tarea de los jefes de misión es representar los intereses del estado colombiano en ese otro país. “Hay una función que es más consular, de interceder ante ese estado, en el marco de las buenas relaciones –por razones humanitarias– en favor de una persona que está privada de la libertad, eso lo puede hacer. Es más, Colombia ha intercedido muchas veces ante el gobierno chino para que a presos colombianos no les sea aplicada la pena de muerte o para que terminen de pagar la pena acá”, dijo. Sin embargo, sostuvo que “ningún juez va a cambiar su fallo porque un embajador le escriba una carta ”.

Nicolás Liendo, vicedecano de la Escuela de Política de la Universidad Sergio Arboleda, explicó que velar por los derechos de los presos nacionales en otro país es parte del trabajo diplomático de un cónsul y en menor medida, de un embajador. “Pedir la liberación es una gestión más política y lo hace por lo general el embajador que, supongo sigue directrices de Cancillería y en última instancia de Presidencia”.

 

El Colombiano

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