HOY DIARIO DEL MAGDALENA
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¿Y la Ley de Angostura?

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En 2019 se celebrará el Bicentenario de la Independencia que se sellara con la batalla de Boyacá, para cuyo efecto se expidió la Ley 1916 de 2018, mediante la cual se declara patrimonio cultural de la Nación a 40 municipios que hicieron parte de la Ruta Libertadora en  los departamentos de Arauca, Casanare, Boyacá y Cundinamarca con el fin de que sean beneficiados de planes,  programas y obras de desarrollo en el marco de la conmemoración de la Campaña Libertadora de 1819.

La Ley Bicentenaria también ordena la realización de una serie de eventos conmemorativos, de investigación histórica y de difusión de lo que fue esa campaña heroica. La Ruta Libertadora corresponde al trayecto de las poblaciones donde tuvieron resguardo las tropas bolivarianas, durante la Campaña Libertadora emprendida por Bolívar a principios de 1819 para liberar a La Nueva Granada del dominio español y fundar la primera república conocida como La Gran Colombia.

Del mismo modo, debemos celebrar el bicentenario de la Ley de Angostura que expidió el Congreso de tal denominación en la localidad de Santo Tomás de Angostura, cabecera entonces de la provincia del Orinoco, mediante la cual se ordena la reunión de los antiguos territorios de la Capitanía General de Venezuela y del Virreinato  de la Nueva Granada, que incluía  a Quito como parte que era del Virreinato, para conformar la república quellevaría el nombre glorioso de Colombia -o Gran Colombia- que, a su vez, se dividiría en tres grandes departamentos: Venezuela, Cundinamarca y Quito, con sus respectivas capitales en las ciudades de Caracas, Bogotá  (eliminándole el nombre colonial) y Quito. Cada departamento tendría un vicepresidente distinto al de toda la naciente República.

La Ley ordenó la construcción de una ciudad, como en el caso de Washington,  que sirviera de capital a la nueva república con el nombre del Libertador que no se llevó a cabo. Bolívar había propuesto el nombre de Las Casas. Sin embargo, desde 1846 a Angostura se le conoce como Ciudad Bolívar.

El Congreso de Angostura designó, con carácter provisional, Presidente a Simón Bolívar; Vicepresidente a Francisco Antonio Zea, quien presidió el Congreso. Asistieron 26 diputados de los que fueron electos entre las Provincias Venezolanas y la Provincia del Casanare por las Provincias Unidas de la Nueva Granada. Coro y Maracaibo aún permanecían bajo el dominio español. Por su parte, se convocó para el primero de enero de 1821 la reunión de un nuevo Congreso General Constituyente en la Villa del Rosario de Cúcuta con el fin de que Diputados de todas las Provincias ratificaran y ampliaran lo acordado en Angostura.

Por otra parte, se debe celebrar también con la Ley de Angostura la adopción de la doctrina del Uti possidetis Juris de 1810, que quedara consagrada en el artículo segundo de dicho estatuto, al establecer que el territorio de la nueva república era el que comprendía la antigua Capitanía de Venezuela y el Virreinato del Nuevo Reino de Granada, que luego ratifica la Constitución de Cúcuta de 1821.

*ExDefensor del Pueblo

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