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Los arrendamientos de vivienda tendrán un alza de 3,18 %

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“El incremento tiene amplio impacto entre la población colombiana, pues afecta al 44 % de familias que viven en arriendo, así como a los propietarios que devengan sus ingresos de dichos alquileres”, afirmó María Clara Luque, presidenta de Fedelonjas.

La Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas), explicó que los cánones de arrendamiento de vivienda urbana se podrán incrementar hasta el3,18 %, es decir que se elevan al mismo ritmo de la inflación causada durante el año 2018, la cual fue revelada recientemente por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

“El incremento tiene amplio impacto entre la población colombiana, pues afecta al 44 % de familias que viven en arriendo, así como a los propietarios que devengan sus ingresos de dichos alquileres”, afirmó María Clara Luque, presidenta de Fedelonjas.

De acuerdo con la dirigente del gremio que agrupa a los profesionales inmobiliarios, los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o del último incremento.

“El aumento definido es legal siempre y cuando este no supere el 1 % del valor comercial del inmueble o de la parte que se encuentre arrendada”, explicó Luque, quien además aseguró que este reajuste no aplica para contratos de arrendamiento de inmuebles para uso comercial, ya que en estos casos, tanto el valor como el incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato.

En ese sentido, el gremio explicó que el incremento es aplicable solo al momento de la renovación del contrato de arrendamiento y siempre con previa comunicación por parte del arrendador. Además, el arrendador es libre de aplicar el alza o de abstenerse de hacerlo si prefiere mantener el contrato por más tiempo.

“El arrendatario puede exigir la terminación del contrato sin estar sujeto al cobro de sanciones económicas si el arrendador incrementa el canon por encima de lo establecido en la Ley. La notificación del aumento del valor del canon y la fecha en que se empezará a aplicar se debe hacer por escrito y a través de correo certificado o mediante el mecanismo establecido en el contrato”, explicó Fedelonjas.

Finalmente, el gremio aseguró que para los contratos de arrendamiento suscritos antes del 10 de julio de 2003, el incremento de la tasa no podrá superar la meta de inflación fijada por el Banco de la República para el año 2018.

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