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Entre el Estado y un vecino problemático pagarán $700 millones a un ciudadano

La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación en cabeza del Ministerio de Defensa, la Fiscalía General y la Policía Nacional, por la afectación de los derechos a un ciudadano que no pudo disfrutar del inmueble que era de su propiedad. 

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El alto tribunal le dio la razón a ‘Arnulfo’, un ciudadano de Medellín que en 1994 compró un predio y lo ocupó junto con su familia. Con lo que no contaba era con que durante 1995, su vecino, argumentando derechos sobre una porción del predio, inició actos de perturbación y amenazas contra su integridad personal y la destrucción de sus sembrados, entre otros daños. 

Si bien ‘Arnulfo’ puso en conocimiento de las autoridades la situación que padecía junto con su familia, estas realizaron acciones que no fueron suficientes para impedir los hostigamientos, debido a que el agresivo vecino también atentaba contra los funcionarios que intentaban proteger los derechos del propietario. 

Así las cosas, en 1998, el ciudadano determinó interponer una demanda a favor suyo, de su esposa y sus siete hijos menores de edad. En ese entonces, ‘Arnulfo’ dijo que el Ministerio de Defensa, la Policía, la Fiscalía y sus dos vecinos eran responsables por los daños y perjuicios morales y materiales que le ocasionaron a él y su familia. 

A los funcionarios que no pudieron impedir los ataques en su contra los responsabilizó por su grave omisión «para defender el derecho a la tranquilidad, la paz, el sosiego doméstico, proteger los bienes, la vida y la integridad personal de los actores”, dice el documento. 

En primera y segunda instancia, las pretensiones del demandante fueron desestimadas, pero esto cambió en el Consejo de Estado. La Sección Tercera consideró que “la protección del derecho constitucional a la vida y a la protección que el Estado le debe a los más débiles para garantizarles la tranquilidad y el patrimonio familiar, constituye en verdad el planteamiento de un perjuicio irremediable”. 

Del mismo modo, la Sala expresó que existió un daño a los demandantes por el estado de indefensión en que se encontraron a causa de los hostigamientos. 

El fallo reconoció que los requerimientos que las víctimas hicieron a las autoridades no fueron atendidos y la Fiscalía no consiguió que la perturbación y las agresiones cesaran. “Inclusive, la misma Fiscalía optó por considerar que se trataba de un problema de linderos a cargo de la justicia civil”, afirmó la decisión. 

En cuanto al vecino del demandante, la Sala consideró que “sobra concluir sobre su responsabilidad, pues, acreditado está su comportamiento agresivo y contrario al Estado de derecho, en tanto adoptó vías de hecho con el propósito de hacer valer los derechos que, estimaba, le asistían, al punto de amenazar, incluso, a las mismas autoridades que atendieron el caso”. 

Así las cosas, el Consejo de Estado encontró pertinente condenar a la nación en más de 700 millones de pesos que serán cancelados de la siguiente manera: se deberá pagar 100 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) a cada integrante de la familia, es decir, a ‘Arnulfo’, su esposa y sus siete hijos. 

La Sala determinó que la totalidad de la condena impuesta podrá ser requerida de cualquiera de las entidades condenadas o del vecino. “Se podrá repetir en un 50% al demandado y, en la diferencia, en un 30% a la Fiscalía General, en un 10% al municipio de Medellín y en el 10% restante a la Policía Nacional. 

 

 

BOGOTÁ (Colprensa).

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