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Personería denuncia a falsos tramitadores

Desde la Personería Distrital su  titular Chadan Rosado Taylor, a través de las redes sociales dijo que esta situación se pondría en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación.

 

La Personería distrital solicitó a los servicios de inteligencia de la Policía y del Ejército desarticular a una bien organizada banda de falsos tramitadores que vienen estafando a víctimas del conflicto en el cobro de las indemnizaciones a que tienen derecho por parte del Estado.

La Personería señaló a personas inescrupulosas que se vienen  aprovechando de quienes han sido declarados víctimas del conflicto armado en Colombia, prometiéndoles algunos beneficios a través de las agencias del Ministerio Público.

Esta situación ha encendido las alarmas en esta ciudad porque estas personas son revictimizadas, ya que además de lo que padecieron,  ahora las están engañando estos presuntos falso e inescrupulosos tramitadores.

Desde la Personería Distrital su  titular Chadan Rosado Taylor, a través de las redes sociales dijo que esta situación se pondría en conocimiento de la Fiscalía General.

LA DENUNCIA

Es así como la Personería dio a conocer un comunicado en donde denuncia la situación que se viene presentando sobre este tema.    

Textualmente la comunicación dice, “La Personería Distrital de Santa Marta se permite hacer pública denuncia relacionada con presuntos inescrupulosos que se están aprovechando de las víctimas del conflicto  armado de nuestro país, ofreciendo falsos beneficios y trámites administrativos en las agencias del Ministerio Público, contrariando lo contemplado en la ley 1448 de 2011”.

De la misma manera se informó que de acuerdo a lo conocido “pondremos de conocimiento esta lamentable situación a la Fiscalía General de la Nación”, remata la información.

La ley 1448 dice en unos de sus apartes. “La presente ley tiene por objeto establecer un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas de las violaciones contempladas en el artículo 3º de la presente ley, dentro de un marco de justicia transicional, que posibiliten hacer efectivo el goce de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación, con garantía de no repetición, de modo que se reconozca su condición de víctimas y se dignifique a través de la materialización de sus derechos constitucionales.

La presente ley regula lo concerniente a ayuda humanitaria, atención, asistencia y reparación de las víctimas de que trata el artículo 3º de la presente ley, ofreciendo herramientas para que estas reivindiquen su dignidad y asuman su plena ciudadanía”.

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