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Esas señales que le hacen ojitos en la vía

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Las señales de tránsito son universales y tienen unos códigos específicos que cualquier conductor licenciado debería conocer. Sin embargo, algunas se vuelven “paisaje”, muchas otras no se respetan o simplemente donde hay ausencia de ellas la gente actúa a su libre albedrío, dejando de lado la lógica en algunos casos, sometiéndose a una sanción, así el lugar de la falta no esté señalizado.

¿Está seguro de que conoce y aplica las señales de tránsito? Uno de los “cocos” a la hora de hacer el curso de conducción es el del apartado de las señales de tránsito: son muchas, tienen varias modalidades y por su simbología pueden resultar confusas.

Haciendo un breve sondeo entre aspirantes a conductores en las autoescuelas estos reportan que no se sienten bien preparados para responder con total exactitud a la hora de hacer el examen teórico sobre el tema. “Me confundo con eso de las señales informativas, las preventivas y las reglamentarias, no se cuál es cuál pero trato de respetarlas todas”, dice angustiada Valentina Álvarez, quien a sus 17 años se prepara para recibir la licencia que la acredita como conductora.

 

Los tipos de señales

La confusión de Valentina se resuelve consultando el Código Nacional de Tránsito en el Título III –Normas de Comportamiento. En el capítulo XII, Señales de tránsito, artículo 108, parágrafo dos, reza lo siguiente:

Señales en el piso

“¿Ve, cómo así?, ¿las flechas en el piso también son una señal de tránsito?”, pregunta preocupado Wílmar Duque, un joven conductor de un furgón de transporte de alimentos. “No tenía ni idea, las que conozco son las de los avisos metálicos”, dice sonriendo con algo de vergüenza. Y es que Wilmar desconocía que, en efecto, esas flechas blancas, que indican la dirección a la que el conductor debe conducir en una vía, también son señales de tránsito, así como las de piso, que son marcas en el asfalto, que pueden ser de dos tipos:

 

Desconocer la ley

Mientras este diario hacía diferentes preguntas a los conductores en las vías, se encontró con un caso bien común, el de estacionar en un lugar que no tiene demarcación, pero que está prohibido por regla general.

Un agente de tránsito hacía un comparendo a un conductor que había dejado estacionado su automóvil en la carrera Palacé. “Es que entré a un almacén a recoger algo y como no vi avisos de prohibido parquear, pues ahí lo dejé, no fueron ni cinco minutos”, imploraba el hombre al uniformado. El guarda le explicaba que, aunque no hubiera señal expresa, estaba estacionado en una vía arteria y eso está prohibido en el Código de Tránsito. “Vías arterías, autopistas, bahías, ciclorrutas, pasos de cebra, vías en curva, esquinas, entre otras, no pueden ser utilizadas como zonas de estacionamiento, así no haya señal, es una cuestión de seguridad para usted como conductor, para su carro, para otros vehículos y para los peatones”, concluyó el agente. “Nada qué hacer, tocó llevar el parte”, dijo resignado el conductor.

Estos tres casos ilustran la porosidad del conocimiento de las señales de tránsito y su normatividad en Colombia. Un grueso número de conductores no sabe cómo actuar en caso de no ver señales, como por ejemplo un giro en U en lugares donde ningún aviso ni lo permite ni lo prohíbe.

“En sitios donde no hay ninguna señal de giro en U, ni permisiva ni prohibitiva, queda a discreción del conductor efectuar la maniobra, pero si se presenta un incidente, este tendrá la responsabilidad total, pues quien se desplazaba por la calzada que el conductor invadió tiene la prelación. Lo más recomendable es abstenerse de hacerlo si el ancho de la vía no es suficiente para hacer el giro”, cuenta otro agente de tránsito que prefirió omitir sus datos.

 

¿A quién le hago caso?

Es muy común encontrarse con situaciones en las que se presentan congestiones o incidentes en las que un agente de tránsito debe intervenir en la vía, así esté señalizada y semaforizada.

En este caso, el uniformado tiene la prelación para dar las órdenes en ese momento específico. El orden consecuente sería así, según el CNT en su artículo 111:

Señales y órdenes emitidas por los agentes de tránsito.

Señales transitorias.

Semáforos.

Señales verticales

Señales horizontales o demarcadas sobre la vía.

Esas grandes ignoradas

Según el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito –Simit–, históricamente la infracción más cometida por los conductores y sancionada por los organismos de tránsito en el país es la del estacionamiento en lugares prohibidos, la mayoría señalizados con avisos en el piso y verticales.

En el centro, Laureles, El Poblado y Belén es donde la gente menos respeta estas señales en Medellín y por ende, donde más comparendos se levantan. El costo de esta infracción (código C2) para 2019 es de $414.060

Según el Código Nacional de Tránsito, estos son los sitios prohibidos para estacionar, haya o no señalización:

Sobre andenes, zonas verdes o en espacio público destinado para peatones, recreación o conservación.

En vías arterias, autopistas, zonas de seguridad, o dentro de un cruce.

En vías principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehículos.

En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a estos.

A una distancia mayor de treinta (30) centímetros de la acera.

En zona de seguridad y de protección de la vía férrea, en la vía principal, vías secundarias, apartaderos, estaciones y anexos férreos.

Otra señal vulnerada en grandes cantidades es la que expresa los límites de velocidad en diferentes vías. No valen las señales verticales o digitales ni las de piso, igual se infringen y la gente suele transitar a mayor velocidad de la permitida en zonas residenciales o en vías arterias o abiertas. Esta infracción, que lleva el código C29 en los comparendos o en las fotodetecciones, también tiene un costo de $414.060 de multa.

El Colombiano

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