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Corte pone ´la lupa´ sobre la situación en las cárceles del país

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El INPEC y la USPEC, en un término de dos meses deben diseñar un plan de contingencia para que los centros carcelarios catalogados como priorizados tengan un plan actividades que lleven a la satisfacción progresiva de los derechos fundamentales de los reclusos.

La Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Justicia, a la Unidad de Servicios Carcelarios y Penitenciarios (USPEC) y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), realizar un informe que defina la priorización para garantizar los derechos fundamentales de la población privada de la libertad.

La determinación se registró a raíz de la verificación que hizo la Sala Especial de Seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) de la sentencia que emitió días atrás ordenando al Gobierno Nacional seguir parámetros para evitar que se vulnere los derechos a quienes se encuentran en los centros carcelarios.

La Sala, compuesta por los magistrados José Fernando Reyes Cuartas, Carlos Bernal Pulido y la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, quien la preside, estimaron que en la providencia se advierte que los cierres parciales de cárceles, ordenados por algunas autoridades judiciales, han llevado al hacinamiento de población sindicada y condenada en los centros de detención transitoria del país, como las Unidades de Reacción Inmediata (URI) y estaciones de policía.

Así las cosas, la determinación también precisó que el INPEC y la USPEC, en un término de dos meses deben diseñar un plan de contingencia para que los centros carcelarios catalogados como priorizados tengan un plan actividades que lleven a la satisfacción progresiva de los derechos fundamentales y el presupuesto destinado para la ejecución del plan sobre los centros de reclusión, según cada nivel o categoría del sistema de priorización.

En la providencia, la Sala concluyó que la decisión de cerrar parcialmente una cárcel debe someterse a un juicio de proporcionalidad, de manera que se ponderen la aplicación de esta medida con los posibles efectos que se pueden causar en los derechos de las personas privadas de la libertad, tanto en las 134 cárceles del país, como en los centros de detención transitoria.

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