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Niegan medida cautelar contra licencia ambiental del relleno sanitario en Armero

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Pasada más de un década desde que se entregó la licencia ambiental, la comunidad busca que el proyecto no se ejecute por los daños ambientales que se pueden generar.

El alcalde de Armero – Guayabal, Carlos Alfonso Escobar, indicó que tras adelantarse recientemente una audiencia en el Consejo de Estado, la medida cautelar que había en contra de la licencia ambiental del proyecto que busca construir un relleno sanitario regional “prácticamente se cayó”; no obstante, se seguirá haciendo oposición.

El mandatario expuso que el municipio buscará una segunda instancia, pues habría quedado en evidencia que Cortolima, entidad que entregó la licencia, no presentó “todos los requerimientos que solicitaron en esta instancia, claramente se puede evidenciar que no se cumplieron con todos los cánones normativos para esta licencia”.

Además, recordó que el proceso surgió en la administración de Ismael Ñustes, alcalde que solicitó la medida sobre la licencia expedida a través de resolución en diciembre de 2009 y modificada en 2011, debido a que se consideró que no se habría cumplido con todos los requisitos en el proceso de expedición. En el documento del Consejo de Estado, se explica que se busca determinar si la autoridad ambiental quebrantó la normatividad con la expedición de la resolución 3281 por la cual se otorgó la licencia.

En el listado de faltantes denunciados está que “no se allegó el estudio hidrogeológico del drenaje donde se realiza el proyecto, no allegó el estudio de suelos del área de influencia directa, no contó con los estudios del suelo del área (…).

“Expidió la licencia ambiental sin identificar las comunidades y los mecanismos utilizados para informarles sobre el proyecto y otorgó licencias ambientales al Municipio para la construcción del relleno en un sitio donde existen fuentes superficiales”.

El alcalde Escobar agregó que el lugar escogido no es el más idóneo “es una finca de cordillera, que está rodeada de varias fuentes hídricas como la quebrada Santo Domingo, La Zorra, también, aguas de escorrentía, todas estas desembocan en el río Sabandija, ese es el gran temor que tenemos todos, que se dé una afectación de grandes a proporciones y que sería irreparable para el norte del Tolima”.

De la misma forma, expuso que ahora se queda a la espera de una nueva decisión mediante la cual se defina si el exalcalde Ñustes como demandante tiene la razón o el demandado, que para este es Cortolima.

Es de recordar que la autoridad ambiental, presentó la contestación de la demanda de manera extemporánea.

ACCIÓN POPULAR NO ERA EL MECANISMO


Otra de las precisiones incluidas en el documento del Consejo de Estado, es que la acción popular instaurada por la Procuraduría Judicial, Ambiental y Agraria en 2010 en contra del Ministerio de Ambiente, Cortolima y el Municipio de Armero – Guayabal, mediante la cual se buscaba proteger los derechos e intereses colectivos al goce de un ambiente sano ante una presunta vulneración, “con ocasión del mal manejo del relleno sanitario”, en esta ocasión “no es el mecanismo para controvertir la legalidad de un acto administrativo”, motivo por el cual no se tuvo en cuenta en la solicitud de la medida cautelar.
DATO

La licencia ambiental fue expedida por resolución en 2009, en 2010 se instauró una acción popular en contra y en 2013 se pidió su nulidad.

IBAGUÉ (EL NUEVO DÍA).

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