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Consejo de Estado anuló la elección de Ángela Robledo

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La llamada bancada Alternativa sufrió ayer otra ´perdida´: el Consejo de Estado le decretó la muerte política a la congresista Ángela Robledo por haber incurrido en doble militancia.

La decisión judicial se fundamenta en que tuvo doble militancia.

La presidenta del Consejo de Estado, Lucy Bermúdez, explicó que la nulidad de la elección a la Cámara de Representaciones de Ángela María Robledo, se fundamentó porque no se puede militar en dos partidos a la vez. 

“El artículo 107 constitucional señala que no es posible que una persona que viene militando en un partido como miembro de una corporación pública se presente a una elección ostentando el aval a un partido diferente que estuvo durante el periodo anterior”, señaló Bermúdez.

La Sala consideró que si bien se trata de una garantía del derecho de la oposición también es cierto que ningún colombiano debe estar por encima de esas prohibiciones constitucionales. Así las cosas, lo que debe hacer Robledo es apartarse de su curul la cual, además, se pierde. 

“Aquí no hay reemplazo porque se prevé que para estos casos se trata de un derecho personal y, en consecuencia, pues no hay lugar a hacer llamamiento, porque quien se presentó como fórmula vicepresidencial fue la doctora Robledo”, dijo Bermúdez.

La decisión que acaba con la presencia de Robledo en el Congreso durante este periodo estuvo en manos de tres magistrados, debido a que la presidenta salvó voto y uno se registró en contra. Es de recordar que, durante la discusión, la Sección analizó un concepto de la Procuraduría que apuntaba a que se le mantuviera la curul. 

A consideración del Ministerio Público, se argumentaba que “no se puede configurar la doble militancia si entre la elección y aquella en que se predica la doble militancia, transcurrió una jornada electoral para la Corporación de la que el demandado hizo parte”.

Lo que quiso decir el órgano de control disciplinario es que, si el integrante de la corporación pública decide presentarse para un cargo uninominal, la modalidad de doble militancia para miembros de corporaciones pública no debe operar.

“Es decir, no debe exigirse la renuncia con doce meses de antelación al primer día de inscripción, en tanto se estaría haciendo extensiva la sanción a supuestos no contemplados en el precepto constitucional y legal”, conceptuó el Ministerio Público.

La decisión de la Sección se suma a la emitida en días pasados contra el hoy exsenador Antanas Mockus, a quien le quitaron la curul por el partido Verde ypor la que esta semana interpuso una tutela buscando recuperarla.

TIENEN QUE ADMITIR QUE COMETIERON UN ERROR

Para el abogado demandante, Juan Carlos Calderón España, el Consejo de Estado “obró en derecho, porque (Robledo) sí había incurrido en doble militancia y, de acuerdo a la ley, ella debió renunciar 12 meses antes al primer día de la inscripción y ella solo lo hizo a tan solo 15 días”.

Entre las pruebas que Calderón España adjunto al expediente la renuncia que la hoy exrepresentante presentó el 16 de marzo de 2018, cuando, dice el abogado, esa dimisión tuvo que tramitarse en marzo de 2017.

Ante una posible acción de tutela que pueda interponer Robledo frente a la decisión, Calderón España se mostró en desacuerdo porque no hay ningún recurso de ley “y no podemos derogar las leyes estatutarias, las leyes que hayan modificado la Constitución, a punta de tutelas y a punta de leguleyadas. Tienen que admitir que cometieron un error”.

Aunque se hablaba que la curul de Robledo apuntaba tenía asidero a lo estipulado en el Estatuto de oposición y que, por tanto, su elección no obedecía a unas votaciones típicas, por tanto, no había lugar a una demanda como la que se interpuso, Calderón explicó que esa figura no aplicaba en ese caso.

 “Eso lo había alegado el abogado (de Robledo), pero lo que yo demando es la designación. El Estatuto de la oposición es muy claro y dice que la persona que haya quedado de segundo y que haya participado en una elección presidencial y para participar en esa elección se debe participar en una elección popular como lo hicieron el doctor Gustavo Petro y la doctora Ángela María Robledo”, detalló.

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