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Ratifican condena contra la nación por masacre de Bojayá

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 En segunda instancia, el Tribunal Superior del Chocó ratificó la condena en contra del Estado para reparar a las víctimas de desplazamiento forzado por cuenta de la masacre de Bojayá ocurrida el 2 de mayo de 2002, que dejó 119 personas sin vida, más de 120 heridas y por lo menos 3.000 personas desplazadas. 

La acción que cumplió 17 años de cometida se registró luego de enfrentamientos entre miembros de las Farc y paramilitares que delinquían en la zona. Conocido esto, dice la providencia, solo hasta el 6 de mayo fue que el Ministerio de Defensa en cabeza del Ejército Nacional hizo presencia en el lugar. 

Y si bien en su momento el entonces presidente Andrés Pastrana expresó sus disculpas y condolencias públicas, las acciones legales en contra del Estado no se hicieron esperar, por lo que la demanda que fue ratificada días atrás relata que como consecuencia de tal masacre sufrieron los habitantes fueron víctimas de desplazamiento. 

En respuesta a las pretensiones de la demanda, Policía, Ejército y Armada Nacional contestaron las acciones legales oponiéndose desestimando los planteamientos. Su argumento, prácticamente, se basó en que “no existe prueba que demuestre la calidad de víctimas (muertos y afectados), el hecho que se imputa a la entidad fue producto de acciones desplegadas por terceros, grupos al margen de la ley como las Farc y las AUC”, sumado a esto indicaron que la situación climática, además de los hostigamientos entre otras acciones fueron las que impidieron que ellos como Fuerza Pública llegaran a lugar. 

Conocidos los argumentos de las partes, en 2012, el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Quibdó le dio la razón a la comunidad. “El juez encontró acreditados los presupuestos judiciales procesales de la acción: legitimación en la causa por la activa del grupo al respecto de las personas en situación de desplazamiento forzado de la región del Medio Atrato, Bojayá y Vigía del Fuerte en virtud de los principios de buena fe”. 

El juzgado determinó que en el caso concreto lo que encontró es que “la falla del servicio ocurrió porque la Fuerza Pública no brindó una pronta, eficaz, ni adecuada protección de la población civil residente en dicho municipio y poblaciones aledañas frente al inminente enfrentamiento entre grupos armados ilegales”. 

Dijo, además, que en ese entonces se evidenció una respuesta militar tardía e insuficiente por las autoridades políticas, locales, regionales e incluso religiosas. 

Así las cosas, al encontrar que la Fuerza Pública tuvo responsabilidad en los hechos, condenó a la Nación en cabeza del Ministerio de Defensa, la Policía y el Ejército Nacional a pagar a la población civil de los municipios de Bojayá (Chocó) y Vigía del Fuerte (Antioquia), por el delito de desplazamiento forzado. 

La condena estipula cuantías por perjuicios materiales, por daño material y perjuicios inmateriales. En cuanto a la reparación moral, el juez ordenó que se debe realizar una ceremonia pública de reconocimiento, de verdad, responsabilidad y disculpa para todas las víctimas. 

Tras conocerse la sentencia, la Procuraduría expresó su inconformismo sobre la misma dado que en el reconocimiento de perjuicios materiales no hay pruebas del daño material causado a los demandantes y “mucho menos la cuantificación de los mismos. El daño debe estar probado para que sea procedente su reparación”. 

Por su parte, el Ministerio de Defensa puso en tela de juicio el listado de las 8.999 víctimas de desplazados por la masacre. “Para la época de los hechos el CD aportado por la Unidad Territorial de Chocó de Acción Social relaciona a todos los desplazados del municipio de Bojayá en todos los tiempos (…) el grupo descrito CD supera el número de los 8.999 supuestos desplazados y más aún se trata de desplazados de todas las épocas, no encuentra la defensa la explicación de cómo se extrajo el número de desplazados”, indicó la oficina jurídica de la entidad. 

Al conocer los argumentos allegados al Tribunal de Chocó este concluyó que “se encuentra acreditada la responsabilidad patrimonial, administrativa y extracontractual del Estado representado por la Nación por el Ministerio de Defensa, la Armada, el Ejército y la Policía. La determinación adujó que efectivamente existió desplazamiento forzado”. 

En la providencia reposa que en Bojayá se registró desplazamiento individual en 487 personas, masivo de 6.558 para un total de 7055 personas, mientras que en Vigía del Fuerte se registró desplazamiento individual en 613 personas y masivo al menos 852, en total 1465. 

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