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Rechazan recusación contra jueza del caso Santrich

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Una de las recusaciones que la defensa de Seuxis Paucias Hernández promovió en contra del jueza 16 de garantías fue negada por el juez octavo de Conocimiento que argumentó lo expuesto por el abogado de Jesús Santrich no tiene sustento y calificó de “falso” lo propuesto por los abogados.  

La audiencia que motivó la recusación fue la del pasado 18 de mayo, un día después de la recaptura de Santrich a la salida de la cárcel La Picota. En el momento en que se surtía el trámite de declarar legal la captura, el defensor consideró que la juez del caso incurrió en una serie de anomalías e irregularidades.

Expuso el jurista que la funcionaria judicial hizo consideraciones “propias de la determinación con la que se define sobre la imposición de medida de aseguramiento” por lo que “elaboró un juicio anticipado sobre lo que definiría en tal diligencia”.

Es decir, que la titular del despacho se adelantó en sus argumentos y que por los términos que empleó en ese momento se podría ver afectada la imparcialidad durante el resto de la audiencia.

El entuerto jurídico que planteó la defensa fue resuelto por el juez octavo de Conocimiento en un fallo de 12 páginas que se conoció en la tarde de este martes. Es de recordar que el caso llegó a este despacho ya que, por ley, un tercero debe dirimir este tipo de recursos.

Tras entregar una disertación legal sobre quién debe dilucidar estas recusaciones, el juez dijo que el argumento planteado por quien propone la recusación no tiene asidero cuando expone que “en la legalización de captura se anunció el cumplimiento de los condicionamientos constitucionales necesarios para la imposición de una medida de aseguramiento”.

El juez Carlos Eduardo Velásquez explicó que lo dicho por su colega en la audiencia de Santrich en nada forja un criterio anticipado sobre la viabilidad para que el procesado sea afectado con medida de aseguramiento.

“Tal como lo indicó la referida funcionaria judicial, estos presupuestos tienen raigambre constitucional y no son de valoración exclusiva y excluyente en el estudio de la medida de aseguramiento”, precisa un aparte de la sentencia sobre la que no procede recurso alguno.

Añade la decisión que “sostener que por haber desarrollado parte de la argumentación de la legalidad a la captura en términos de la necesidad de restricción de la libertad es un anuncio anticipado de la imposición de medida de aseguramiento, es una afirmación carente de fundamento”.

La otra recusación pendiente de resolverse es la del conflicto de competencias, ya que, de acuerdo a la defensa, el juez natural de Santrich es la Corte Suprema, por, según ellos, su condición de congresista.

BOGOTÁ (Colprensa).

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