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Eduardo Dávila Armenta, le fue revocada la detención domiciliaria.
Por petición de la Procuraduría, el alto tribunal decidió suspenderle el beneficio judicial.
Al apelar la Procuraduría General de la Nación la decisión de un Juez de Ejecución de Penas el otorgamiento de detención domiciliaria al empresario Eduardo Dávila Armenta, la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla la revocó y en consecuencia ordenó su reclusión en la Penitenciaria El Bosque.
Dávila ya estuvo en ese centro carcelario entre 2013 y 2018.
La defensa de Dávila había presentado ante el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas de Barranquilla las razones por las cuales debía concedérsele la detención domiciliaria en virtud de los quebrantos de salud y asistencia medicalizada permanente la cual el Inpec no está en condiciones de garantizar.
El 26 de julio de 2012, el Juzgado Primero Especializado de Medellín condenó a 34 años de prisión a Dávila Armenta, dentro del proceso por el homicidio de Carmen Vergara Díaz Granados, cuyo crimen se registró el 18 de enero de 2007, en la vía a El Rodadero y del que Dávila se ha declarado inocente.
Tribunal Superior de Barranquilla acogió petición de la @PGN_COL, revocó la detención domiciliaria de Eduardo Enrique Dávila Armenta, condenado a 410 meses de prisión por el delito de homicidio agravado, y ordenó su traslado al Centro Penitenciario de Mediana Seguridad El Bosque pic.twitter.com/OLmGaqvys6
— Procuraduría Colombia (@PGN_COL) 30 de mayo de 2019