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´Empresas como la Essmar deben tener su propio régimen de contratación´

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Carlos Atehortúa Ríos, abogado y experto en servicios públicos.

El abogado y experto en servicios públicos, Carlos Atehortúa Ríos, explica cómo la Empresa de Servicios de Públicos de Santa Marta –Essmar E.S.P- viene adelantando sus proceso de contratación según lo ampara la ley  y además, lo hace igual a otras entidades de su misma naturaleza como las Empresas Públicas de Medellín.

Atehortúa es abogado de la Universidad de Antioquia, especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Pontifica Bolivariana de Medellín, y profesor de pregrado, especializaciones y maestrías en Derecho Público, Derecho Constitucional, Administrativo, Control Fiscal, Servicios Públicos y Telecomunicaciones en las Universidades de: Antioquia, Pontificia Bolivariana, San Buenaventura de Medellín y Cali y Externado de Colombia; además, es asesor y consultor del sector en servicios públicos domiciliarios y telecomunicaciones y fue Contralor General de Medellín.

Atehortúa Ríos indica que desde hace 25 años que entró en vigencia la Ley 142 y estableció en su artículo 31 que los contratos de una empresa se rigen exclusivamente por las reglas del derecho privado, y que pese a que  estas disposiciones desde el comienzo  fueron discutidas,  estas fueron llevadas a la Corte Constitucional y  fue la Corte en sentencia 066 del año 1997 que las declaró asequibles. Es por eso, que ahora en el país este es el común denominador,por eso Empresas Públicas de Medellín contratan conforme a las reglas del derecho privado que es el régimen que les es propio.

Asimismo, señala: “Aunque estas empresas se muevan en un escenario que tiene que ver con el servicio que afecta la calidad de vida, el desarrollo de la ciudad  y  se desarrollan en escenarios de competencias, estas deben  tener un régimen propio y no puede ser el régimen de la contratación estatal. Literalmente, la Ley establece  que las entidades estales no se someterán al régimen de contratación pública  establecido ordinariamente  por las empresas del estado, pues estas  tiene su propio régimen y en este caso de Essmar, serían sus estatutos”.

Igualmente,  el profesional en derecho asegura que la Essmar bajo sus estatutos puede hacer sus procesos de contratación sin ser esto una proceso que no cumpla con la establecido por la Ley, tal cual lo ha venido la haciendo la empresa de los samarios.

Es importante mencionar que las declaraciones del abogado fueron presentadas durante la Rendición de Cuentas de la empresa, en la que la gerente de laEssmar, Ingrid Aguirre Juvinao, les explicó y expuso ante los ciudadanos, entre otras cosas, todos los procesos de contratación  y la forma transparente en que se realizan para seguir mejorando la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado.

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