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Si usted termina su unión marital, también podrá pedir cuota alimentaria

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Una decisión de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia abre la puerta para que después de terminada una unión marital de hecho, las exparejas puedan reclamar cuota alimentaria por condiciones de justicia, solidaridad y equidad.

La decisión es trascendental en tanto, según afirmó el magistrado ponente Luis Armando Tolosa, “nunca antes la Corte había tomado partido por reconocer derechos alimentarios a la compañera pos ruptura, y en ese punto pretende nivelar la unión marital como estado civil, con el matrimonio”.

El tribunal tomó la decisión al fallar el caso de Aurora del Carmen Neira, una habitante de Cúcuta que convivió por cerca de siete años con Bejamín Flórez, de quien dependía económicamente.

Neira, quien padece episodios psiquiátricos que requieren constante atención médica, era además beneficiaria de su compañero ante la EPS, por lo que la ruptura sentimental entre ambos, que ocurrió en febrero de 2018, la dejó en una difícil situación.

Teniendo en cuenta estas consideraciones, la Corte Suprema concedió a la mujer una acción de tutela en la que pedía la fijación de una cuota alimentaria.

El magistrado Tolosa invitó a los jueces de familia y a los comisarios a que analicen los casos concretos y tengan en cuenta que con posterioridad a la ruptura pueden reclamarse alimentos, analizando relaciones de equidad y justicia o bien las relaciones de inocencia y culpabilidad que se puedan generar”.

Sin embargo, concluyó el togado, “no pueden confundirse los reclamos por alimentos con los problemas reparativos”.

El Colombiano

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