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Venezolano, así podrá registrar a su hijo nacido en Santa Marta

Desde hoy martes 20 de agosto los padres podrán acercarse a la Registraduría o notaria más cercana para el registro de los niños migrantes nacidos en el país. Se estima que se le otorgará la nacionalidad a más de 24 mil de ellos.

A partir de este martes (20 de agosto) Colombia concederá la nacionalidad a los hijos de migrantes venezolanos nacidos en el territorio nacional, gracias a la resolución de la Registraduría Nacional del Estado Civil que permitió que los pequeños tuvieran este beneficio.

Si usted es un migrante venezolano y se acerca a una de las sedes del organismo para anotar a su hijo, obtendrá un registro civil de nacimiento con la información de su bebé, que en la parte inferior tendrá el apunte de: “Válido para demostrar nacionalidad”.

Antes, esa anotación decía: “No acredita requisitos para demostrar nacionalidad”. Pero, con el cambio en la normativa, se permitió hacer este ajuste durante los próximos dos años –es decir, hasta el 20 de agosto de 2021– o hasta que la Cancillería lo determine.

Datos del Gobierno indican que 24.500 niños están en riesgo de apatridia. Gracias a esta medida, los nacidos después del 19 de agosto de 2015 podrán tener una nacionalidad, y no serán parte de los 12 millones de apátridas que hay en el mundo, según Naciones Unidas.

EL PASO A PASO

Hay dos escenarios para este procedimiento. El primero, el de los niños que ya tienen un registro civil colombiano con el apunte de “no válido para demostrar nacionalidad”. El segundo, el de los menores de edad que nacerán luego de la entrada en vigencia de la resolución no han sido registrados.

Para el caso de los niños que ya tienen un registro civil, el padre o madre venezolano debe acudir a una sede de la Registraduría o a una Notaría, presentar el Certificado de Nacido Vivo y demostrar que es venezolano.

Este último paso es sencillo: puede presentar la cédula de extranjería vigente, el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente, el pasaporte venezolanovigente o vencido, o la cédula venezolana, vigente o vencida.

Para los niños nacidos luego del 19 de agosto, que no cuentan con registro civil de nacimiento, el organismo se encargará de incluir este apunte en los nuevos documentos que expida.

La medida, denominada ‘Primero la Niñez’, se oficializó mediante Resolución de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y busca garantizar el derecho fundamental de los niños y niñas a contar con una nacionalidad y es considerada, por parte del Estado colombiano, como una medida urgente, temporal y excepcional. “Nos duele que muchos niños de padres y madres venezolanas han nacido en nuestro país y no han podido gozar de una nacionalidad, porque la propia dictadura les ha entorpecido ese camino o, sencillamente, dejó de prestar el servicio consular”, manifestó el presidente Duque, el pasado 5 de agosto, cuando se hizo el anuncio.

 “Dejar a unos niños desprovistos de ese derecho, reconocido universalmente como un derecho de la niñez en las cartas internacionales, no era el camino que queríamos transitar. Hoy en un gran esfuerzo interinstitucional nos unimos para decirles a esos 24.000 niños y niñas que han estado en esa situación, que prácticamente conducía a la apatridia, que se les entrega la nacionalidad colombiana. Hoy Colombia le da este mensaje y esta lección al mundo. El país ha mostrado que el camino de la xenofobia es el camino equivocado”, agregó.

Asimismo, el Presidente manifestó que “Colombia le da esta este mensaje y esta lección al mundo, a los que quieren hacer de la xenofobia un camino político, nosotros adoptamos el camino de la fraternidad. A los que quieren segregar o discriminar al migrante también nosotros hoy nos paramos erguidos, como una nación que defiende la democracia y las libertades, para decir que los vamos a acoger y los vamos a apoyar en momentos difíciles”.

La Resolución expedida da cumplimiento a las obligaciones internacionales adquiridas por Colombia derivadas de la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969, la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961. “Esta medida se adoptó tras un concepto de la Cancillería en el que se explica, por ejemplo, que se está dando cumplimiento a las obligaciones internacionales asumidas por Colombia, que nos comprometen a dar la nacionalidad a las personas nacidas en territorio colombiano, que no son reconocidas por ningún otro Estado como su nacional”, enfatizó el ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Holmes Trujillo.

¿CÓMO SERÁ EL PROCESO?

El proceso es gratuito. La medida se aplicará en dos etapas, según lo explicó la Registraduría Nacional del Estado Civil. La primera se iniciará justamente desde mañana, fecha en la cual los niños nacidos en Colombia que no cuentan con registro civil y cuyos padres son venezolanos, podrán acercarse a la sede de la Registraduría o notaria más cercana y realizar el respectivo trámite de registro.

La segunda etapa está dirigida a aquellos niños y niñas que nacieron en Colombia después del 19 de agosto de 2015, que tienen padres venezolanos y cuentan con un registro civil de nacimiento colombiano que incluye en la parte inferior una anotación que dice: “No válido para demostrar nacionalidad”.

LOS REQUISITOS

Los requisitos para que un menor hijo de ciudadanos venezolanos pueda adquirir la nacionalidad son los siguientes:

  1. Haber nacido en Colombia.
  2. Haber nacido a partir del 19 de agosto de 2015.
  3. Ser hijo de padres venezolanos. Esta medida también aplica para padres o madres solteras, quienes también deberán demostrar ser venezolanos.

La medida será temporal y se mantendrá hasta que existan las condiciones para que estos niños y niñas puedan acceder, como corresponde en derecho, a la nacionalidad Venezuela.

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