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Corte ordena proteger dignidad de las mujeres habitantes de calle

La Secretaría de la Mujer y la Secretaría de Integración Social de Bogotá deberán liderar y diseñar “una política pública de gestión de higiene menstrual para las mujeres” en esta situación.

La decisión les da un plazo de seis meses a ambas entidades para que lideren y diseñen“la política pública territorial en materia de manejo de higiene menstrual para todas las habitantes de calle, teniendo en cuenta lo señalado en la presente providencia”.

De igual manera, les dice que tienen dos meses para que implementen un “plan de contigencia” que comprenda acciones concretas para suministrar los insumos absorbentes idóneos para la higiene menstrual a favor de las integrantes de la población de mujeres en habitanza de calle, “mediante un sistema de registro adecuado sobre la elección de los elementos necesarios para la mencionada higiene menstrual y el control individualizado de entregas, teniendo en cuenta lo señalado en la presente providencia”.

En el artículo “El reto de menstruar en la pobreza”, publicado por EL COLOMBIANO en junio pasado, se mostró cómo el costo de asumir la higiene para atender la menstruación, se vía directamente impactado el bolsillo de las mujeres. Situación mucho más agreste en caso de las habitantes de calle, quienes, evidentemente, no tienen cómo sustentar estos costos.

La Fundación Plan (organización que trabaja en la promoción de los derechos de la niñez), presentó un informe en el que concluye que de cinco de cada 10 mujeres de zonas vulnerables, como Tumaco, Jamundí, Cartagena, Buenaventura y Chocó, no tienen acceso a productos de protección sanitaria para la menstruación.

El Colombiano 

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