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Herbin Hoyos debe aclarar información que compartió sobre papá de Iván Cepeda

“Indignación en Colombia. Colegio Distrital lleva nombre de cabecilla terrorista Manuel Cepeda, padre de Ivan Cepeda e inspirador del Frente 42 de las Farc”, este fue el titular de una nota de prensa publicada por el portal Nodo.co, que fue retuiteada por el periodista Herbin Hoyos, que tuvo que retirar de su cuenta debido a una acción de tutela que interpuso el senador del Polo, Iván Cepeda.

El round lo ganó Cepeda luego de que con el acto legal lograra que el comunicador no solo retirara el trino de su cuenta oficial, sino además que aclarara a sus seguidores “su no vinculación o participación con la autoría, contenido e intenciones vulneradoras de los derechos fundamentales”.

Toda la puja la resolvió el Juzgado 42 Penal Municipal de Garantías luego de conocer que el artículo que menciona de manera irregular al padre del actual senador, si bien, no fue escrita por Hoyos, éste la retuiteó y además expuso en su mensaje personal el titular de la nota.

Por estos hechos, en los estrados judiciales ya se habían encontrado el senador y el comunicador, allí le habían ordenado a este último retirar su trino y aclarar su punto de vista, sin embargo, él controvirtió el ordenamiento asegurando que “no hizo ningún anexo ni modificación al texto original del medio, ni siquiera anexó una opinión personal a la noticia, como se puede verificar en el texto y en la publicación”.

En este caso, el delegado de la Rama Judicial aseguró que “si bien, es una fiel copia de la publicación realizada por el medio, sí contiene un anexo, que es el comentario personal del señor Herbin Hoyos el cual se visualiza junto a su nombre en la publicación, ratificando el título original del texto del medio digital”.

Lo que explicó el juez es que con el retuit de Hoyos lo que demuestra es que “está de acuerdo con lo señalado, por lo que confirma, refuerza y comparte la publicación entre sus seguidores”, afirmó el juez.

Además de este análisis, el fallador judicial estimó que existe vulneración al derecho de honra y buen nombre por cuanto con tal información se está denigrando el nombre del diligente político hoy fallecido.

“La vulneración se da cuando la información errónea o falsa ha sido difundida, lo que lleva a que el concepto público del individuo se vea claramente afectado por la propagación directa o a través de medios de comunicación de masas que de la misma se haya realizado, ya sea tanto por autoridades públicas como por particulares, vulnerándose además la dignidad humana”, argumentó el juez.

Así las cosas, el delegado de la Rama Judicial señaló que resulta claro que la publicación ratificada por Hoyos “fue errónea y distorsionó el propósito bajo el cual se designó con ese nombre al colegio Distrital” y agregó que “esas erróneas aseveraciones no tienen soporte alguno ni respetan el principio de veracidad de la información, induciendo a la confusión entre sus seguidores, sin que se retractara de su dicho”.

BOGOTÁ (Colprensa).

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