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Las claves de la corte suprema para ratificar la condena contra Arias Cabrales

“Se insiste: el general Jesús Armando Arias Cabrales dirigió el operativo de principio a fin y fue el responsable directo del mando, durante la acción militar y las fases posteriores de consolidación del operativo (…) tuvo el control total sobre las tropas y fue, por tanto, el artífice principal de las conductas ocurridas con ocasión de la ‘solución final’”.

Este es uno de los párrafos que sintetiza el actuar de quien durante la Toma al Palacio de Justicia (noviembre 6 y 7 de 1985) era el comandante de la Brigada 13 del Ejército y el encargado de la recuperación y control del edificio de las altas cortes colombianas. Lo mencionado hace parte de la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal que dejó en firme la condena a 35 años por el delito de desaparición forzada.

La Corte consideró en su sentencia que la retoma del Palacio “fue un operativo desproporcionado”, el cual fue dirigido por el alto oficial de cara a enfrentar el asalto a sangre y fuego por parte de la guerrilla del M – 19, que ejecutó la operación ‘Antonio Nariño’ con el fin de que el presidente de entonces, Belisario Betancur (qepd) enfrentara un juicio por, entre otras razones dadas por la guerrilla, “el incumplimiento a los acuerdos de paz celebrados con dicho grupo”.

En la sentencia de 254 páginas también traen a colación las grabaciones que captó un radioaficionado, y que sirvieron de prueba durante el proceso cuya decisi´pon final hoy se ratifica, en las que se escuchaban las órdenes impartidas por el jefe de la Brigada 13 quien utilizó el seudónimo de Arcano 6 para comunicarse con las demás unidades que pretendía recobrar el orden en el Palacio.

En una de esas grabaciones, Arias Cabrales da las indicaciones para que se disparen uno de los cohetes con el fin de abrirse camino hacia el Palacio y se encargó, a consideración de la Corte, de que el disparo no fuera a afectar a las tropas, pero no reparó en los daños que le podía ocasionar a los rehenes en poder del M- 19.

“La indiferencia por los rehenes al utilizar armas de gran poder destructivo también se observa cuando utilizan explosivos para abrir boquetes en la terraza del Palacio de Justicia o cuando se usaron para destruir completamente las paredes aledañas a los baños en donde habían sido confinados los guerrilleros”, dice uno de los apartes de la providencia.

Si bien la Corte precisa que lo que hace no es juzgar la operación militar como tal, sino el delito de desaparición forzada, este cargo no debe valorarse al margen de las circunstancias que rodearon todos los acontecimientos de esos dos días.

“El general Arias Cabrales mostró un signo inequívoco de despreocupación por la suerte de todos los rehenes”, añade el alto tribunal en su confirmación de la condena contra Arias Cabrales.

LO QUE DIJO PLAZAS VEGA

El comandante del Ejército para ese entonces era el general Rafael Samudio Molina (Paladín 6 era su alias durante la operación) y en conversación con Arias Cabrales este último le dice que hay un grupo de rehenes, aparentemente cinco, que los están custodiando.

Las grabaciones también dejan ver la forma en que Arcano 6 (Arias) y las Fuerzas Militares “manipularon”, sostuvo la Corte, el manejo de la asistencia que debía brindar la Cruz Roja en este tipo de eventos.

“Quiere Paladín que se dilate un poquito el acceso de Martínez. Ehhh, se le ponga a coordinar bien sea aquí o bien sea con el Ejército”, le dijo el coronel Luis Carlos Sadovnik, segundo al mando de la Brigada 13, a Arias Cabrales.

El Martínez al que hacen referencia era Carlos Eduardo Martínez, director en ese entonces del Socorro Nacional de la Cruz Roja.

Los testimonios que fueron ratificados en esta decisión de la Corte son de los propios protagonistas de la retoma. El hoy coronel retirado Luis Alfonso Plazas Vega – director de la Escuela de Caballería-, dijo que su superior “fue quien dio la orden del ingreso de los vehículos artillados al Palacio y que las personas rescatadas debían ser llevadas al Museo 20 de Julio (Casa del Florero) a disposición de comando de la Brigada”.

La propia Corte enfatiza que si se buscaba una prueba relevante de que el general Arias Cabrales tenía el mando aún después de finiquitada la operación, “quien la entrega es el coronel Alfonso Plazas Vega”.

Como comandante supremo del despliegue militar (tenía a su cargo mando sobre la Policía y las unidades de inteligencia del Ejército), Arias Cabrales dispuso que fuera el B2 el que debía realizar la identificación de las personas que eran llevadas directamente a la Casa del Florero, museo que, según el general condenado, fue usado para primeros auxilios y facilitar el retorno a sus hogares.

LOS UNIVERSITARIOS

La providencia del magistrado Luis Antonio Hernández rememora que la búsqueda de insurgentes dentro del grupo de personas que salieron con vida de la sede de las altas cortes fue constante durante la operación, al igual que los interrogatorios en el segundo piso de la Casa del Florero, ubicada al frente del Palacio.

“Lo que demuestra que no era una simple verificación de identidad lo que allí se hacía, ni que el lugar fuera un centro de ayuda y auxilio”, sostiene la Corte y recopila los testimonios de varias personas que señalaron que fueron blanco de toda suerte de torturas e intimidaciones.

Entre estas víctimas están los entonces universitarios Yolanda Ernestina Santodomingo y Eduardo Matzon que confirmaron “estos procedimientos inquisitivos” tanto en la Casa del Florero como en la sede de la Dijín.

Santodomingo reseñó que fue golpeada y que la sometieron a la prueba del guantelete (rastros de pólvora en manos y brazos) la cual resultó negativa, sin embargo fue llevada a una guarnición militar del sur de Bogotá en donde fue torturada.

La defensa de Arias Cabrales trazó como estrategia que las pruebas en su contra carecían de fundamento basados en que el oficial no tuvo conocimiento de lo que sucedía con los rehenes a quienes el Ejército consideraba como sospechosos.

De allí que la Corte en la ratificación de la pena expuso que “la disculpa, entonces, de que todo ocurrió sin que él lo supiera, la destroza la contundencia de la prueba. El acto de aprehensión y posterior desaparecimiento de los sospechosos estaba prevista desde el comienzo de la operación”.

Cierra la Corte haciendo alusión a una frase que, al igual que ‘defendiendo la democracia, maestro’, ha marcado la triste historia de la Toma del Palacio. Se menciona para explicar que en todo el entramado de órdenes y contraórdenes que venían del mando militar, los uniformados tenían urgencia de establecer el control.

“Esta serie de acciones (…) como lo demuestra el contenido de las comunicaciones y las declaraciones que se han indicado, llega a un nivel de inflexión e irracionalidad en el momento en que, conforme a como se había actuado frente a indiciados de ser miembros de la guerrilla, y ante la aprehensión de una de ellas se ordena que ‘si aparece la manga, no aparezca el chaleco’”, concluye la Corte.

BOGOTÁ (Colprensa).

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