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Admiten otra demanda en contra Diana Fajardo en la Corte Constitucional

Diana Fajardo cuya elección de magistrada en la Corte Constitucional ha sido demandada

 

La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió para su estudio una segunda demanda presentada por el Centro Democrático en contra de la elección de Diana Fajardo como magistrada de la Corte Constitucional.

Se trata de una acción judicial presentada por la Congresista Paloma Valencia. La acción está en el despacho del magistrado Alberto Yepes y se suma a la presentó María Fernanda Cabal y Álvaro Hernán Prada. Esta última está en el despacho de la magistrada Rocío Araújo.

De acuerdo Valencia, en la elección de Fajardo se habrían desconocido los artículos 144 de la Constitución y el 131 de la Ley 5 de 1992 además de señalar que en este caso “hubo una mutación del favorecimiento electoral, ahora diseñado para hacer a los magistrados guardianes del proyecto político del Gobierno”.

“Se violó la regla de sigilo electoral y su inobservancia es de tal entidad que alteró el resultado y condujo a su nombramiento, toda vez (sic) se exigió a senadores mostrar su voto, como puede apreciase en el video publicado en YouTube, denominado “fraude en elección de la magistrada Diana Fajardo” que se anexa como prueba, con lo cual se aseguró la elección de la doctora Diana Fajardo. La cual es magistrada porque se vulneró el voto secreto”, dice la demanda.

La Sección admitió el recurso y negó la pretensión de suspender provisionalmente a la jurista en el cargo, como pedía Valencia, argumentando la supuesta falta de imparcialidad de Fajardo en temas de paz.

“Se trata entonces, de un alegato que carece de fundamentación jurídica pues constituye una mera suposición de la señora Valencia Laserna, que además no cuenta con respaldo probatorio”, señaló la Sala.

“El juzgamiento de las posibles conductas que desborden el cumplimiento de sus funciones como magistrada de la Corte Constitucional, señaladas por la demandante, no son propias del proceso de nulidad electoral. La alegada imparcialidad, por ejemplo, puede ser prevenida mediante las recusaciones e impedimentos”, agrega el documento.

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