HOY DIARIO DEL MAGDALENA
Líder en la región

Aumentan los heridos por el uso de pólvora

Están encendidas las alarmas por cuanto van 236 personas quemadas con pólvora es el balance en lo que va corrido de diciembre, según el Instituto Nacional de Salud.  Esta cifra representa un aumento respecto a los quemados en diciembre del año pasado, que fueron 233.

En lo que va del mes de diciembre de este año, 239personas han resultado lesionadas por uso y manipulación de pólvora. En el año 2018, la cifra había llegado a 240.

De acuerdo con el informe del Instituto Nacional de Salud (INS),  el 70% de los casos se ha dado por manipulación de pólvora, mientras que el 20% se ha tratado de observadores en las actividades de manipulación de pólvora.

Con respecto al tipo de lesión sufrida, el 94% de los casos fueron quemaduras, el 69% laceraciones, 30% contusiones, 9% daño ocular, 7% amputaciones y 4% daño auditivo. Los artefactos con los que las personas más han sufrido daños son los totes, voladores y volcanes.

Los departamentos con mayor cantidad de lesionados de este tipo son Valle del Cauca (33), Bogotá (25), Antioquia (23), Tolima (21) y Caldas (17).

Los días con más quemados fueron el primero de diciembre, con 21 quemados en todo el país y entre el 7 y 10 de diciembre, días en los que se registraron 185 lesionados.

Así mismo, la entidad informó que hasta la fecha, del total de adultos quemados, el 37% se encontraba en estado de embriaguez.

Ante la situación, hay preocupación por un aumento aún mayor en fechas posteriores como  el 16 de diciembre, día en el que comienzan las novenas navideñas, el 24 y 25 de diciembre, días en los que se celebra Nochebuena y Navidad y las fiestas de fin de año.

Por este motivo, el Ministerio de Salud, a través de su campaña ‘Porque te quiero y me quiero: Cero pólvora, parcero’ busca concientizar a la ciudadanía en estas fechas especiales para evitar más casos de quemados en Colombia.

 “Nos debemos enfocar en la prevención, en evitar la pólvora para que no tengamos consecuencias que lamentar. Esta campaña tiene una expresión urbana, a través del rap, con lo que buscamos que los niños y jóvenes del país rechacen el uso de la pólvora, que la perciban como una real amenaza a su integridad y a su futuro”, manifestó el ministro de esta cartera, Juan Pablo Uribe.

En las pasadas fiestas de diciembre y de comienzo de año se presentaron 832 casos de lesionados con pólvora, 51 más que en el periodo 2017-2018. Además, se registraron 97 amputados y 99 personas con daños oculares y auditivos, donde 37 % fueron menores de edad.

RECOMENDACIONES

Con el objetivo de reducir la ocurrencia de eventos que perturben el desarrollo de las festividades que se acercan, por las atribuciones constitucionales del artículo 303 de la Constitución Política de Colombia y en aras de garantizar un adecuado uso, almacenamiento, fabricación, transporte y comercialización de la pólvora, se imparten las siguientes recomendaciones:

  1. Los alcaldes en el marco de sus competencias deberán regular, vigilar y controlar la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, manipulación y uso de la pólvora con base en lo dispuesto en la Ley 670 de 2001; en el ejercicio de las actividades de inspección, vigilancia y control trabajarán de manera articulada con la Policía Nacional, los Bomberos y con los estamentos de prevención de riesgos territoriales como son las Unidades de Gestión del Riesgo, Cruz Roja y Defensa Civil.
  2. Las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deben garantizar la atención integral en salud a los lesionados por la manipulación y uso inadecuado de la pólvora, prestando los servicios necesarios desde la atención de urgencias hasta la rehabilitación del lesionado/a, si así lo requiere, conforme a la normatividad vigente y a los protocolos de atención de cada entidad.
  3. Los alcaldes deben hacer cumplir lo establecido en el Decreto 4481 de 2006, que reitera la prohibición absoluta de la venta de artículos pirotécnicos a los menores de edad y a las personas en estado de embriaguez, garantizando las condiciones mínimas de seguridad para el almacenamiento, transporte, distribución, venta y uso de pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales; Sin perjuicio a que expertos en la utilización de dichos artefactos hagan uso o exhibición de los mismos, todo bajo el marco de lo establecido por la Ley y las condiciones de seguridad establecidas por las alcaldías municipales.
  4. Las Entidades territoriales de salud deben verificar las diferentes fuentes de información que pueden generar los Centros Reguladores de Urgencias y de Emergencias, los reportes de la Policía Nacional, medios de comunicación etc., con el fin de mantener una atención a emergencias inmediata.

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que está de acuerdo con esto, pero puede optar por no participar si lo desea. Aceptar Leer más