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Consejo de estado frena elección de directora de Corporinoquia

La elección de Doris Bernal Cárdenas como directora de Corpoorinoquía se enredó. La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió la demanda que se interpuso buscando anular el acto que la designó en ese cargo y, además, decretó la suspensión provisional de dicha resolución.

Doris Bernal es ingeniera de sistemas y se inscribió para participar en el concurso que elegiría a la cabeza de la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia para el periodo 2020 – 2023.

Uno de los requisitos para hacer parte del proceso era acreditar experiencia de un año en temas relacionados con el medio ambiente. Bernal acreditó ese trabajo en una certificación expedida por una firma llamada Sertrac Ingeniería, cuyo representante es Juvenal Cepeda Ibáñez, esposo de la recién nombrada directora.

En el proceso de selección, Bernal fue descartada para continuar, pero interpuso un recurso de reclamación que fue dirimido a su favor por el Consejo Directivo de la CAR que le permitió seguir en la carrera por la dirección de la entidad.

Tras volver de nuevo a la puja se concretó el calendario para continuar con el proceso de elección. En Corporinoquía tienen asiento 16 personas entre los que se cuentan los delegados de las gobernaciones de Vichada, Boyacá, Arauca, Casanare y Cundinamarca. También representantes de la Presidencia de la República y de las alcaldías de La Salina, Chámeza y Fortul. Por parte de las comunidades indígenas, de las oenegés, Ministerio de Ambiente y entidades sin ánimo de lucro.

Sin embargo, a lo largo del proceso hubo diez recusaciones, por lo que no había quórum suficiente para que se surtiera el proceso hasta tanto no se resolvieran esos impedimentos. Pero el pasado 30 de octubre el consejo directivo se reunió para deliberar sobre las el conflicto planteado.

Al respecto, con ponencia de la magistrada Lucy Bermúdez, se advierte que “claramente los miembros del Consejo Directivo no podían resolver las recusaciones, pues conforme a lo ya explicado, cuando dichas solicitudes afectan el quórum las mismas deben remitirse a la Procuraduría General de la Nación, para su resolución, y mientras tanto el procedimiento administrativo quedará suspendido”.

Sobre la aparente ausencia de requisitos, Bermúdez sostiene que ese tema debe analizarse y exponerse en la sentencia que se emita frente a este caso.

BOGOTÁ (Colprensa).

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