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El regaño de la Corte Suprema a un supuesto excombatiente de las FARC

La Corte Suprema de Justicia advierte que los exmilitantes de las Farc no deberían adelantar acciones o recursos durante su proceso de extradición que desmeriten tal causa.

El argumento del alto tribunal se da por cuenta del estudio del caso de Polivio Miltón Rosero, un hombre que fue requerido por concierto para delinquir y tráfico de estupefacientes por el Gobierno de Estados Unidos.

Polivio Rosero y su defensa desestimaron la solicitud bajo la excusa que fue miembro de las Farc y que su caso debe ser conocido, inicialmente, por la justicia transicional para que este entregue una determinación final sobre su situación jurídica.

En su momento, la Oficina del Alto Comisionado, por medio de una resolución, dejó claro que lo que advertía Polivio Rosero, sobre su supuesto vinculo con las Farc, no tenía fundamento dado que el hombre fue excluido de la lista de los combatientes del grupo subversivo que realizó la entidad para dar cuenta de los exguerrilleros que se encontraban en el marco del proceso de paz.

Una vez la Corte analizó los argumentos de la Oficina del Alto Comisionado y la solicitud de Rosero y su abogado, estimaron necesario dejar claro que la misma no estaba acorde al proceso que se adelantaba en el momento de la extradición.

«Si la pretensión de Polivio Milton Rosero es controvertir la validez de la Resolución OACP 145 de 29 de octubre de 2018, a través de la cual fue revocada la acreditación como miembro de las FARC-EP con el argumento de que el Alto Comisionado para la Paz carece de competencia y tampoco le fue notificada en debida forma, olvida que dichos asuntos deben debatirse a través de la acción pertinente, y no en curso del trámite de extradición”, dice la providencia.

El caso de Polivio Rosero ha llevado más tiempo de lo normal en un caso de extradición, dado que su justificación de ser exmiembro de las Farc ha acarreado que la defensa y la delegada de la Procuraduría soliciten pruebas durante el proceso.

“Se ordenó requerir a la Fiscalía General de la Nación para que verifique en sus sistemas de información, incluyendo SPOA, SIJUF, SIAN y SIJYP si hay registro de acusaciones o sentencias proferidas contra Polivio Milton Rosero Mera, atribuyéndosele la calidad de miembro o colaborador de las FARC-EP”, dice la providencia.

Del mismo modo, la Corte estimó necesario tener en cuenta el pronunciamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), dado que es la justicia transicional la que debe dirimir si finalmente los excombatientes tienen el derecho o no de extradición.

BOGOTÁ (Colprensa).  

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