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¿Prohibirán los alcaldes consumo de cigarrillos y dosis personal en los parques?

Uno de los logros legislativos más importantes que se alcanzó el año pasado en el Congreso fue la aprobación de la ley que regula el consumo, porte y distribución de estupefacientes y bebidas alcohólicas en lugares en los que haya niños.

La misma fue sancionada a mediados del 2019 por el presidente Iván Duque, y la presentó como una herramienta fundamental para enfrentar al microtráfico y proteger a los niños y menores de edad, quienes son accedidos en sus entornos, en especial los educativos, para venderles las drogas.

Se precisó en la ley que serán las autoridades, en especial la Policía, las facultadas por los alcaldes para confiscar la droga que un ciudadano porte en espacios públicos para evitar que los expendedores utilicen la dosis mínima para inducir al consumo a los niños.

Aunque la legislación ya está vigente, la misma ha sido poco aplicada hasta el momento, de ahí que el gobernador de Cundinamarca, Nicolás García, hizo un llamado a los 116 alcaldes de ese departamento para que expidan los decretos respectivos que prohíban el consumo.

“Hemos invitado a los alcaldes de Cundinamarca a que dentro de su autonomía como autoridades territoriales evalúen la posibilidad de que antes de entrar a estudiar nuevamente a su periodo escolar firmar el decreto que prohíbe el porte y consumo de drogas en los entornos educativos, esto con el fin de cuidar a nuestros niños, niñas y adolescentes”.

Precisó García que se ha evidenciado que gran parte de la venta y la inducción a la droga a esta población se hace a la salida de los colegios. Ya el gobernador formuló la invitación a los 116 mandatarios a que evalúen esa posibilidad, es “una facultad de ellos que la ley se las otorga, esta es una buena medida para proteger a nuestros estudiantes”.

Una medida similar, pero que va más allá, se tomará en Bogotá, en donde el saliente alcalde, Enrique Peñalosa, dejó firmada una resolución en la cual se restringe el consumo de tabaco, cigarrillo tradicional y electrónico en áreas de importancia ambiental, tales como los sistemas hídricos, zonas protegidas y parques distritales. La normatividad además impone duras sanciones a quienes arrojen colillas en las calles.

El documento indica que solo se permitirá el consumo de tabaco, cigarrillo (incluyendo el cigarrillo electrónico), en el espacio público de Bogotá, diferente al definido en el documento, siempre y cuando “el establecimiento público comercial, o el particular, cuente con el recipiente especial de disposición del residuo proveniente de la colilla de tabaco”.

Se determina además que los residuos de los cigarrillos deberán ser depositados en los ‘gray points’ o puntos grises para disposición y recolección de los mismos, que serán puestos por el sistema de aseo de la ciudad.

El documento fue expedido por la Secretaría de Ambiente, y en sus justificaciones indica que un estudio de consumo de sustancias psicoactivas permitió establecer que más de 943.000 personas fuman, de las cuales el 72% correspondían al sexo masculino, mientras que el 8,7% al sexo femenino.

Más allá de que sea por ahora una propuesta de la capital y de Cundinamarca, la misma se convertirá en el corto plazo en una necesidad ambiental que deberán atender los alcaldes antes de que se las demanden los ciudadanos.

BOGOTÁ (Colprensa).  

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