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‘Fui declarado insubsistente, no destituido’

El ex registrador especial del municipio de Ciénaga, Eduardo Alberto Noguera Dangond, fue declarado insubsistente de su cargo a través de la Resolución 0011 del 2020 por ser un funcionario de libre nombramiento y remoción, según estipula la Registraduría Nacional del Estado Civil.

 “Como se observa en el acto administrativo de insubsistencia fue por ser funcionario de libre nombramiento y remoción y no por alguna investigación penal o disciplinaria y mucho menos ser destituido del cargo”, dijo Noguera Dangond.

Los delegados departamentales en ejercicio de sus atribuciones legales resolvieron en el artículo primero que a partir del 13 de enero fue declarado insubsistente el nombramiento del servidor público Eduardo Alberto Noguera Dangond del cargo de registrador especial de Ciénaga por ser empleo de libre nombramiento y remoción de la planta de personal de la delegación departamental del Magdalena.

En el artículo segundo  señalaron que contra esta resolución no procede recurso alguno, lo cual fue firmado por los delegados departamental del Magdalena de la Registraduría Nacional del Estado Civil, Ricardo Montoya y Ruth Escobar.

“Yo en ningún momento he autorizado registro civiles de nacimiento o falsificados los mismos a personas algunas y menos terroristas. Además es mentira que haya adulterado alrededor de 500 registros”, expresó el ex registrado especial de Ciénaga.

Añadió que “si bien es cierto existe esa investigación por tres registros de civiles de nacimiento que no fueron estos ni autorizados ni grabados en esta oficina y, como existe una norma en la Constitución Política Colombiana, artículo 122 que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento, y soportado en el manual de funciones de la entidad, las funciones de llevar a cabo el proceso de registro en cabeza de una auxiliar administrativo, esa preparación de tres cédulas de ciudadanía fue denunciada oportunamente por el suscrito, denuncia que cursa en la Fiscalía General de la Nación”.

CASO DE LOS REGISTROS

Asimismo, Noguera Dangond agregó que “de acuerdo al conocimiento que tengo del caso, los registro civiles de nacimiento que vuelvo y repito son tres, fueron autorizados según lo que aparecen en el Pmtii Sistema la Registraduría Nacional del Estado Civil, por la Notaria Primera de Cartagena y post grabado de acuerdo al sistema en la Registraduría de Pivijay-Magdalena, es decir, de acuerdo a las diferentes circulares expedida por esta entidad la responsabilidad de las post grabaciones recae en la Registraduría que graba los registros autorizados por las notarías”.

Por otro lado, el ex registrador especial, sostuvo que “en cuanto a una investigación penal contra el suscrito no haré pronunciamiento alguno por ser reserva sumarial y la vocería al respecto la tienen mis abogados, pero también se debe indagar con igual celo las investigaciones penales contra la administración pública y procesos disciplinarios ante la Procuraduría General de la Nación que su fuente pueda estar en curso, porque no me escondo ante los llamados que me hagan las autoridades disciplinarias y fiscalizadora de  nuestro país, de acuerdo a la máxima de que se presume la inocencia hasta tanto no se haya vencido el juicio”.

Además precisó que “mediante fallo de tutela frené la investigación que cursa en la Procuraduría General de la Nación”.

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