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Bancos deberán definir al usuario canal para hacer retiros gratis

La Superintendencia Financiera de Colombia tiene listo el proyecto de Circular Externa en la que da instrucciones precisas a las entidades financieras relacionadas con el retiro gratuito de depósitos según lo dispuesto por la Ley 1836 de 2017. 

De acuerdo con la Entidad, la propuesta es que las entidades definan un canal en el que no se le hagan cobros a los retiros a sus clientes. 

“La ley 1836 de 2017 dispuso que las entidades financieras, en los contratos de depósito, deben ofrecer una forma gratuita de retiro a sus cuentahabientes”, indica la Superfinanciera. 

Las entidades financiera, indica Jorge Castaño Gutiérrez, Superintendente Financiero, por medio de un documento, “deberán informar dentro de los 30 días siguientes a la expedición de esta Circular cuáles son los canales e instrumentos establecidos para el retiro gratuito de sus depósitos y la manera en que informarán a sus consumidores financieros sobre este derecho”. 

Los retiros gratuitos aplican para todos los productos de los establecimientos de crédito y Sedpe que tienen su origen en un contrato de depósito. Esto es para retiros en depósitos de cuenta corriente, cuenta de ahorros, depósitos electrónicos y CDT, señala el documento de la Superfinanciera. 

“El retiro sin costo no debe estar sujeto a condiciones especiales como a tipos especiales de cuenta, número limitado de operaciones en el mes o la exigencia de que el retiro se haga en la ciudad de apertura de la cuenta para que sea gratuito”, afirma la Superintendencia Financiera. 

Conocimiento al consumidor

Si bien la Superfinanciera aclara que no es necesario que los bancos envíen físicamente los extractos, deben informar oportuna y claramente a los clientes financieros dónde, cómo y cuándo pueden acceder a esta información. 

“Igualmente, tales mecanismos deben permitir que el cliente consulte la información correspondiente a la tasa de interés efectiva reconocida por las entidades sobre el saldo durante el período cubierto cuando a ello hubiere lugar, los movimientos de la cuenta, la periodicidad y forma de liquidar los rendimientos, así como los cambios que se presenten respecto a esta información”, agrega el documento. 

La circular está para comentarios del mercado hasta el próximo 10 de noviembre; sin embargo, el organismo espera quede en firme a partir de diciembre.  Colprensa.

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