HOY DIARIO DEL MAGDALENA
Líder en la región

NACION-PUBLICIDAD

NACION-Leaderboard1

Juez envía a la cárcel a coronel del Ejército

El coronel (r) Jorge Armando Pérez Amézquita fue cobijado con medida de aseguramiento en centro carcelario en el proceso que se le adelanta por su presunta participación y responsabilidad en los hechos que rodearon la retención, actos de tortura y posterior asesinato del exguerrillero de las Farc, Dimar Torres en hechos registrados en la vereda Carrisal del municipio de Convención (Norte de Santander), el 22 de abril de 2019.

Al centro de reclusión militar de Puente Aranda serán enviados en las próximas horas el coronel Jorge Pérez Amézquita y los soldados profesionales Cristian David Casilimas, William Andrés Alarcón y Alexánder Buriticá Duarte, procesados por su presunta responsabilidad en el crimen de Dimar Torres, excombatiente de las Farc asesinado de cuatro disparos en abril del año pasado en la vereda Carrizal del municipio de Convención, Norte de Santander.

La decisión fue tomada en la mañana de este lunes por el juez 17 de garantías durante la tercera sesión de la audiencia en la que los militares fueron imputados del delito de homicidio en persona protegida. El coronel retirado en calidad de determinador, es decir, como la persona que habría ordenado el homicidio, y los soldados como cómplices.

En la jornada del jueves anterior, la Fiscalía reveló una serie de pruebas con las que buscaba establecer que de no imponerse una medida de aseguramiento en contra de los procesados habría un riesgo de que manipularan testigos. Esa influencia, dijo el fiscal Aníbal Arbeláez, desencadenaría temor entre los declarantes que derivaría en una amenaza tanto para el proceso como para la comunidad.

Ante esto, el juez consideró que era necesario decretar la medida y añadió que desestimó la petición de los abogados Diana Prada y Jairo Andrés Santos, defensores de los implicados que pedían el beneficio de la detención domiciliaria, toda vez que eso también generaría un riesgo a las comunicaciones que se pretenden evitar.

 “Esto sería exponer a una tarea enorme a la Fiscalía, porque no solo tendría que investigar sino prevenir el hecho de una manipulación de testigos por la forma en la que han podido llegar a ellos”, dijo el funcionario judicial.

Así mismo, argumentó que no se concedía ese beneficio porque ninguno de los procesados demostró tener un domicilio que le asegurara a la justicia la comparecencia a las diligencias a las que sean llamados con posterioridad.

 “Estamos hablando de personas que tienen fácil acceso a los que va a atestiguar en su contra, quienes los han señalado y que tienen miedo de las repercusiones”, dijo el juez.

El despacho judicial aclaró que el hecho de que el cabo Daniel Eduardo Gómez haya sido condenado tras confesar que él fue el que accionó su fusil de dotación en contra de Torres, no exime ni al coronel ni a los soldados de la responsabilidad como partícipes de dicho acto.

 “El cabo condenado aceptó haber sido el autor material del acto. Sin embargo, eso no excluye las responsabilidades derivadas que se hubieran dado antes, durante y después, como claramente lo ha señalado la Fiscalía”, indicó el juez.

La discusión continuará en la mañana ya que los abogados apelaron la decisión de la medida.

BOGOTÁ COLPRENSA

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que está de acuerdo con esto, pero puede optar por no participar si lo desea. Aceptar Leer más