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Contraloría revela malas prácticas administrativas en todo el sistema de salud

En el caso de los tratamientos sin prueba genética, se destaca la existencia de una enfermedad denominada “Tipología Mucopolisacaridosis tipo IV A» o «Síndome de Morquio», para la que se receta el medicamento VIMIZIM.

Mediante un comunicado, la Contraloría General reveló este martes que encontró evidencias de malas prácticas en transacciones y administración del sistema de salud. El entre de control habla de tratamientos sin prueba genética, recobros sin prestación de servicio, pacientes inexistentes y concentración de cartera.

En el caso de los tratamientos sin prueba genética, se destaca la existencia de una enfermedad denominada “Tipología Mucopolisacaridosis tipo IV A» o «Síndome de Morquio», para la que se receta el medicamento VIMIZIM.

«Los pacientes fueron tratados sin prueba genética que confirmara la existencia del Síndrome de Morquio», destaca la entidad.

Frente a los pagos de recobros, la Contraloría encontró que no hubo ni prestación de servicio ni suministro de medicamentos. «Se trata de una regla básica de validación de recobros que no se cumple, estableciendo una inconsistencia: debió ser glosado y no pagado», especifica.

No queda por fuera la concentración de cartera. La entidad expone que en el nivel 2 de atención, cinco instituciones concentran el 20% de la cartera. Hospital Departamental de Villavicencio, Hospital Rosario Pumarejo de Valledupar, Hospital Regional de la Orinoquia de Yopal, Hospital La Divina Misericordia de Magangué y Hospital San Jerónimo de Montería.

Además, tres de estos hospitales (Villavicencio, Magangué y Montería) se encuentran intervenidos por la Superintendencia de Salud, lo que demostraría falencias en la gestión de cobro.

Los pacientes fueron tratados sin prueba genética que confirmara la existencia del Síndrome de Morquio.

Frente a esto se encuentran múltiples EPS, las cuales en este momento hacen parte de un ejercicio de gestión fiscal por parte de la Contraloría General de la República.

Para lograr esta información, se elaboró un Bot de extracción y estructuración de información, mediante soporte de Recobros en la fuente primaria de información: ADRES y las entidades territoriales.

La Contraloría sigue evidenciando también que se han realizado pagos de recobros, donde una vez confrontados con fuente externas, se evidencia que no hubo prestación del servicio -suministro del medicamento.

Para este caso, la CGR realiza una operación automatizada de búsqueda de registros coincidentes con fuentes externas, verificando la asistencia del paciente a un centro de infusión y su correspondiente suministro de medicamento.

Otro ejercicio, por ejemplo, donde se determina un recobro que no debió ser pagado: es un Bot de consulta en la web que identifica un paciente por recobros por valor de $887.481.592 que no se encuentra en la BDUA – Base de Datos Única de Afiliados del Sistema General de Seguridad Social en Salud, pero fueron pagados a su respectiva EPS.

Se trata de una regla básica de validación de recobros que no se cumple, estableciendo una inconsistencia: debió ser glosado y no pagado.

CONCENTRACIÓN DE CARTERA

A septiembre de 2019, la cartera de las IPS asciende a $9,4 Billones. La tercera parte de ellos ($3,3 billones) se concentra en IPS de segundo nivel.

En el nivel 2 de atención cinco instituciones concentran el 20% de la cartera: Hospital Departamental de Villavicencio, Hospital Rosario Pumarejo de Valledupar, Hospital Regional de la Orinoquia de Yopal, Hospital La Divina Misericordia de Magangué y Hospital San Jerónimo de Montería.

Tres de estos Hospitales (Villavicencio, Magangué y Montería) están intervenidos por la Superintendencia de Salud, lo que demuestra falencias en la gestión de cobro.

ACUERDO DE PUNTO FINAL

Frente al Acuerdo de Punto Final, en el caso de los entes territoriales, la Contraloría General de la República estará realizando muestreo aleatorio de deuda reconocida, pagos realizados con fuentes propias y estado de la auditoría (valor auditado, valor reconocido, valor pendiente por auditar y monto pendiente de pago, producto de las auditorías de punto final contratadas por cada entidad territorial).

Se hará seguimiento a la suscripción de los contratos de transacción de punto final que deben realizar los entes territoriales con las EPS.

Y habrá seguimiento a la suscripción de los contratos de auditoria de punto final que deben realizar estas entidades.

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