HOY DIARIO DEL MAGDALENA
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Junta Directiva no puede ‘botar’ al Gerente de Aguas del Magdalena 

El período del funcionario es de cinco años, y le faltan aun tres para concluirlo.

Álvaro Andrés Ordóñez Pérez, contralor General del Departamento del Magdalena le hizo un llamado de atención al máximo órgano de decisión de Aguas del Magdalena S.A. E.S.P., para que eviten incurrir en conductas violatorias de la ley.

El Contralor encargado del Departamento  les envió una comunicación a los integrantes de la junta directiva de Aguas del Magdalena S.A. E.S.P.; en donde les advierte que no se puede dar por terminado unilateralmente y sin justa causa, el contrato de trabajo del gerente de la empresa, Ricardo Torres Benjumea.

El oficio tiene como destinatarios a los funcionarios de la Gobernación: Jorge Miguel Guevara Fragozo, secretario General; Ernesto Fernando Narváez, secretario de Hacienda; Rafael Alejandro Martínez, secretario de Infraestructura; asimismo, a Alfonso Lastra Fuscaldo, presidente de la Cámara de Comercio de Santa Marta para el Magdalena y a Iris María Yancy Orozc, directora de la Fundación Social de Tecbaco S.A.

La misiva fue expedida en el marco de la medida de vigilancia y control preventivo adelantada por parte de la Contraloría General del Departamento del Magdalena a la junta directiva de Aguas del Magdalena S.A. E.S.P., ante la posible ocurrencia de conductas violatorias contra el Código Sustantivo del Trabajo y los derechos laborales del gerente de la empresa, Ricardo Torres Benjumea.

El contenido de la comunicación recuerda que los recursos que soportan el contrato laboral a término fijo de Ricardo Torres Benjumea como gerente de Aguas del Magdalena S.A. E.S.P.; son susceptibles de vigilancia por parte de la Contraloría General del Departamento del Magdalena dado que pertenecen a la orbita de los bienes de la Nación y por tanto, su mal manejo, menoscaba la gestión fiscal de la administración.

Ricardo Torres Benjumea suscribió un contrato con Aguas del Magdalena S.A. E.S.P. para desempeñarse como Gerente durante un período de cinco años, entre el nueve de marzo de 2017 y el ocho de marzo de 2022. El encargado Contralor General del Departamento del Magdalena, Álvaro Andrés Ordóñez Pérez; precisó que se trata de acuerdo de voluntades a término fijo que no puede terminar unilateralmente y sin justa causa.

En caso dado que los funcionarios de la Gobernación: Jorge Miguel Guevara Fragozo, secretario General; Ernesto Fernando Narváez, secretario de Hacienda; Rafael Alejandro Martínez, secretario de Infraestructura; asimismo, a Alfonso Lastra Fuscaldo, presidente de la Cámara de Comercio de Santa Marta para el Magdalena y a Iris María Yancy Orozc, directora de la Fundación Social de Tecbaco S.A.; rescindan el contrato de su gerente, estarían violando el Código Sustantivo del Trabajo y estarían avocados a responsabilidades fiscales.

La carta del contralor recuerda que el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, establece que la terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa, deberá ser indemnizada, en el caso de los contratos a término fijo, con el pago del valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato.

De darse la situación anterior, los miembros de la junta directiva de Aguas del Magdalena S.A. E.S.P., le producirían menoscabo al patrimonio público como consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa producto del detrimento patrimonial; obligándolos como responsables a indemnizar el daño causado y les genera inhabilidades para el ejercicio de cargos públicos.

Igualmente, este detrimento patrimonial podría relacionar a la junta directiva de Aguas del Magdalena S.A. E.S.P.; con un delito, caso en el cual la Fiscalía General de la Nación deberá investigar y los jueces de la República imponer las penas que correspondan. También puede haber responsabilidades disciplinarias que reclamen la intervención de la Procuraduría General de la Nación, que las puede sancionar hasta con destitución.

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