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Sancionado exalcalde por enredos con el PAE

Con destitución e inhabilidad general por 13 años, la Procuraduría General de la Nación sancionó al exalcalde de Trubana, Bolívar, Senén Cantillo Paternina, por irregularidades en la ejecución del Plan de Alimentación Escolar (PAE).

La determinación de la entidad también involucró al exsecretario de Gobierno con funciones de Educación, Oscar Luis Barrios Pájaro, quien fue sancionado con destitución en inhabilidad por diez años por el mismo hecho investigado.

La Procuraduría Provincial de Cartagena estableció que los exfuncionarios no contrataron al operador del servicio en 2016, lo que ocasionó que durante ese año la población escolar no recibiera el beneficio de alimentación.

El Ministerio Público señaló que a pesar de que Turbana contaba con los recursos económicos para contratar el PAE, la negligencia de los exfuncionarios ocasionó que no se cumpliera todo el trámite legal, pues solo adelantaron la etapa precontractual del proceso.

Por esos hechos, la Procuraduría calificó la falta de los investigados como gravísima cometida a título de culpa gravísima.

El fallo de primera instancia puede ser apelado por los disciplinados.

A JUICIO DISCIPLINARIO

De otro lado, la exalcaldesa de la localidad industrial y de la Bahía de Cartagena Patricia Zapata Negrete, quien estuvo en el cargo entre 2016 y 2019, fue citada a audiencia por la Procuraduría General de la Nación, por presuntas irregularidades en la adjudicación de un contrato para pavimentación de vías por 2759 millones de pesos.

Según explicó el ente de control, las obras fueron adjudicadas a la Empresa de Desarrollo Urbano de Cartagena -Edurbe S.A., sin que al parecer tuviera la idoneidad requerida para ejecutarlas, por lo que tuvo que subcontratar con terceros la realización del 100 % de los trabajos que se debían realizar.

El Ministerio Público consideró que con su presunta actuación la exfuncionaria habría vulnerado los principios de transparencia y selección objetiva, que exigen a los contratistas tener la capacidad e idoneidad suficiente para cumplir con lo pactado.

Por esos hechos, la Procuraduría calificó la aparente conducta de Zapata Negrete como una falta gravísima cometida a título de culpa gravísima.

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